El Gobierno aprueba la reforma de Ley de Estabilidad Presupuestaria
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la modificación de las leyes de Estabilidad Presupuestaria, por las que se permitirá a las Administraciones Públicas incurrir en un déficit del 1% del PIB cuando el crecimiento de la economía se sitúe por debajo del 2%. Según fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda, la reforma, que será ahora enviada al Parlamento, refuerza el principio de estabilidad presupuestaria y lo adecua al ciclo económico.
Además, bajo determinadas condiciones, permite un déficit adicional, del 0,% del PIB, para financiar inversiones productivas. La nueva ley establece que, en caso de que el aumento previsto del PIB esté entre el dos y el tres por ciento, el objetivo presupuestario será de equilibrio, y si la tasa es superior o igual al 3%, será superávit.
La reforma separa el Estado y la Seguridad Social en la fijación de los objetivos de estabilidad e introduce mecanismos de control preventivo y procedimientos más transparentes, asegura el Ministerio. Además de esos objetivos, la reforma pretende lograr un consenso amplio, reconociendo la autonomía financiera de las diferentes Administraciones, y mantener los aspectos positivos de la normativa actual.
Hacienda reitera que el equilibrio en las cuentas públicas es un elemento esencial de las política económica, pero esta exigencia debe tener en cuenta la situación cíclica para reforzar la capacidad de la política fiscal a la hora de estabilizar la evolución de la economía, a través del juego de los estabilizadores automáticos. Para ello, el Ministerio de Economía y Hacienda elaborará cada año un informe que determine la posición cíclica de la economía española y la previsión a tres años, utilizando las estimaciones de organismos como el INE, el Banco de España, el Banco Central Europeo o la Comisión Europea.
Si en ese informe se prevé un crecimiento real del PIB superior o igual al tres por ciento, el objetivo presupuestario será de superávit; si el crecimiento del PIB se sitúa entre el dos y el 3%, se establecerá un objetivo de equilibrio, y si el crecimiento es inferior al dos por ciento, se podrá establecer un objetivo de déficit.
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