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La UE prevé compensaciones de hasta 600 euros por 'overbooking' en los aviones

El Parlamento Europeo y el Consejo de la UE han alcanzado un acuerdo sobre un nuevo reglamento

El Parlamento Europeo y el Consejo de la UE han alcanzado un acuerdo por el que los usuarios de líneas aéreas que se vean afectados por la sobreventa de billetes o por retrasos recibirán una indemnización de entre 250 y 600 euros. La cuantía dependerá del tipo de vuelo. También se han establecido otro tipo de derechos, como el de realizar llamadas telefónicas o tener comidas gratuitas en determinados vuelos. El acuerdo aún tiene que ser ratificado.

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Las indemnizaciones se dividirán en tres categorías. Para los vuelos de menos de 1.500 kilómetros, los pasajeros que no puedan embarcar por cancelación del vuelo o por sobreventa de billetes (práctica conocida por su nombre en inglés, overbooking) recibirán 250 euros. Esta cantidad se elevará a 400 euros para los trayectos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros y a 600 euros para los superiores a esa distancia. En caso de que la denegación de embarque haga que el usuario pierda varios vuelos, la indemnización se calculará en función de la distancia con el destino final.

Derecho a llamadas y comida

También se establece que para los retrasos de más de dos horas si son vuelos cortos, de tres horas para los intracomunitarios y de cuatro para los de larga distancia, los pasajeros deberán recibir comida y bebida gratuitos "en proporción razonable al tiempo de

espera". Los pasajeros tendrán también derecho a realizar las llamadas telefónicas, de télex, fax o e-mail que puedan necesitar.

Si el vuelo se retrasa hasta el día siguiente, los pasajeros tendrán derecho a alojamiento y a transporte desde el aeropuerto al hotel. Además si el retraso es superior a cinco horas, los pasajeros podrán pedir el reembolso del precio pagado en un plazo de siete días, siempre que demuestren que ese retraso supone que el vuelo ya no cumple el plan de viaje original del pasajero. Si el pasajero lo prefiere, en lugar de recibir el dinero, podrá obtener otro billete de las mismas características para salir lo antes posible.

El acuerdo señala de una forma clara una definición de "anulación", término que se aplicará a los vuelos suspendidos que estaban programados y contaban con, al menos, una plaza reservada. En cuanto a los límites para registro de pasajeros, estos deberán haber confirmado una reserva y presentarse en el mostrador de facturación en los plazos que marque la compañía o 45 minutos antes de la hora de salida.

Para antes del verano

El acuerdo se ha logrado esta madrugada, tras casi seis horas de reunión en el Comité de Conciliación, formado por miembros del Consejo y de la Eurocámara, sistema que se utiliza en la Unión Europea cuando no se logra un consenso por los cauces habituales. Este acuerdo debe ser ahora ratificado por el Parlamento Europeo, por mayoría, y por el Consejo de ministros, por mayoría cualificada.

La vicepresidenta de la Comisión y responsable de Energía y Transportes, Loyola de Palacio, promotora de este reglamento, ha apostado por que esté en vigor "antes del verano", y ha asegurado que la Comisión Europea garantizará que los pasajeros están al corriente de su nuevos derechos y que en los aeropuertos se les ofrece la información adecuada.

La nueva norma sustituye a un reglamento de 1991, que, en caso de overbooking sólo ofrecia el afectado la opción de elegir entre un vuelo alternativo o la devolución del importe de su billete. Se calcula que la práctica de la sobreventa afecta a unos 250.000 de los 250 millones de pasajeros que sobrevuelan cada año el espacio aéreo de la Unión.

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