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Columna
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Voracidad variable

La prevaricación judicial la juzgan los jueces. A ellos les corresponde señalar cuándo una resolución judicial es condenable, como prevaricadora, y cuándo no. A veces eso es fácil, porque la actuación del juez es directamente criminal, gansteril. A veces es discutible, y no se ponen de acuerdo entre los propios jueces juzgadores. A veces esperamos, quizá con escasa esperanza, que cunda el buen juicio entre ellos. Hay ejemplos para todo.

Primer ejemplo: un juez de Barcelona que, aliado con un abogado, supuestamente defensor, cobraba a través de este, de determinados acusados por delitos económicos cuantiosos, para evitar su encarcelamiento, o para conseguir su libertad cuando previamente los había mandado a prisión. Repartían entre sí el botín, hasta que fueron denunciados, juzgados, encarcelados y expulsados de sus respectivas profesiones. Las resoluciones de ese juez eran verdaderamente delictivas, y prevaricadoras. Segundo ejemplo: el sedicente sindicato Manos limpias y otras entidades de su entorno, que disparan querellas contra todo lo que se mueva, con tal de que les parezca progresista, pusieron una querella por prevaricación contra los magistrados del Tribunal Constitucional. El motivo era que habían permitido la legalización de la coalición electoral de Bildu, en contra de la decisión del Tribunal Supremo. El Supremo había decidido anteriormente la ilegalización por nueve votos contra siete. El Constitucional rectificó después, posibilitando la legalización, por seis votos contra cuatro. Los tribunales colegiados están, precisamente, para acoger las discrepancias, que si no, bastaría con un magistrado en cada tribunal.

Los tribunales colegiados están para acoger discrepancias. Si no, bastaría con un magistrado en cada tribunal

Las discrepancias, en el tema de Bildu, son notorias. Pero eso no quiere decir que unos u otros, en uno y otro tribunal, sean prevaricadores. Y así lo ha dicho finalmente, y por unanimidad, otra Sala del Tribunal Supremo al no admitir la querella de Manos limpias. Lo ha dicho, cargada de razón y buen juicio, repitiendo argumentos del Tribunal Constitucional. "Solo puede haber prevaricación cuando la decisión se sitúa extramuros del conjunto de opiniones defendibles por la comunidad jurídica". Es decir, cuando la resolución es "imprevisible tanto para sus destinatarios como para la sociedad en la que el juez está inserto". Entre los magistrados que decidieron esto por unanimidad estaba Luciano Varela, agrio instructor del sumario de Garzón por los crímenes del franquismo, incoado por querella de Manos limpias, en contra de la opinión de la fiscalía. Los magistrados, ahora unánimes, expresan su reproche y exasperación contra el sedicente sindicato y sus acólitos señalando "la patente voracidad litigiosa de las asociaciones querellantes".

Tercer ejemplo: esta voracidad ya era patente en la primera querella contra Garzón, tramitada sin reproches ni exasperación por Varela. Y ello, a pesar de que también era patente que buena parte de la comunidad jurídica, y de la sociedad democrática, española y mundial, "en la que el juez está inserto", aplaudía esperanzada la actuación judicial, manifiestamente "defendible", por más que fuera innovadora o discutible.

Por similares razones que sirvieron de justa base para rechazar la querella contra los magistrados del Tribunal Constitucional, debería haberse rechazado la interpuesta contra Garzón. Y ahora, con Garzón ya en el banquillo de los acusados, debemos esperar que el buen juicio prevalezca entre los magistrados que le juzguen. Lo que se le imputa no se parece en nada a una prevaricación propiamente dicha, como la de nuestro primer ejemplo. Se parece, y mucho, a lo del segundo ejemplo. Y sería socialmente incomprensible, e inaceptable, que se otorgara a Manos limpias el beneficio de una voracidad litigiosa variable, según contra quién dispara sus querellas.

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José María Mena fue fiscal jefe de Cataluña.

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