_
_
_
_
PUBLICIDAD

Prohibido el patrocinio en telediarios y espacios de actualidad

El nuevo reglamento entrará en vigor el próximo 7 de enero

Bajo ningún concepto se admitirá el patrocinio en los programas de contenido informativo de actualidad. Así será a partir del 7 de enero de 2012, fecha en la que entrará en vigor el Reglamento de desarrollo de la Ley General de la Comunicación Audiovisual que aclara algunas de las restricciones a la publicidad comercial incluidas en la ley y que publicó el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 7 de diciembre. La ley audiovisual, que se aprobó en marzo de 2010, establecía que las cadenas "tienen el derecho a que sus programas sean patrocinados, excepto los programas de contenido informativo de actualidad". El nuevo reglamento, que otorga "una mayor seguridad jurídica a los operadores", ha especificado aún más esta prohibición e indica que "se entiende por programa informativo de actualidad el equivalente a un telediario o boletín de noticias, incluidos los programas de investigación o reportajes sobre las noticias políticas o económicas de actualidad".

La normativa aporta "una mayor seguridad jurídica a los operadores"

El reglamento también fija que la duración del patrocinio no podrá exceder con carácter general de 10 segundos y delimita que deben ir asociados a programas o subprogramas que tengan una entidad propia. "No pueden considerarse como tal las secciones de los programas o de avances de programación", señala Industria, que declara que "el mensaje de patrocinio debe identificar al patrocinador mediante el nombre, logotipo, símbolo, producto o servicio del mismo". Cuando un patrocinio no cumpla estas condiciones, se considerará publicidad convencional y computará dentro del límite de 12 minutos por hora.

Las nuevas normas también regulan la duración de las telepromociones (publicidad efectuada por el presentador o protagonistas de un programa, utilizando el escenario, la ambientación y el atrezzo del programa), que pueden ocupar un máximo de tres minutos por hora (36 minutos al día), al margen de los 12 minutos por hora de publicidad. También se considerará que "la telepromoción tiene una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario siempre que supere los 45 segundos". Y regula su ubicación, que debe ser dentro de los programas. En el caso de las telepromociones relativas a una obra de ficción, deberán ser emitidas inmediatamente antes o después del programa o antes o detrás de un corte publicitario.

Respecto a las autopromociones, la ley audiovisual excluye del cómputo de 12 minutos por hora de publicidad como cómo máximo a los avances de programación, a través de trailers u otras técnicas audiovisuales, o a los productos accesorios derivados directamente de los espacios. En ambos casos se establece un límite "de cinco minutos por hora de reloj".

La publicidad durante las retransmisiones deportivas también ha sido objeto de regulación. La Ley General de la Comunicación Audiovisual permite emitir anuncios publicitarios aislados cuando el acontecimiento se encuentre detenido. En caso contrario, solo consiente los contenidos comerciales siempre que permitan seguir dicho acontecimiento. Aclara cuándo se encuentra el juego detenido, remitiéndose a las normas y reglamentos que rijan cada juego. Además, regula las condiciones en que se considera que una publicidad permite seguir el desarrollo del acontecimiento. Para ello, se permite la publicidad mediante transparencias o sobreimpresiones que no ocupen más de una quinta parte de la pantalla. La transmisión de eventos deportivos en diferido estará sujeta a las mismas condiciones siempre que se trate de la primera difusión en abierto y no hayan transcurrido 24 horas desde la finalización del acontecimiento.

Todas estas disposiciones se plantean, según Industria, "con una visión a medio y largo plazo, con criterios que despejen incertidumbres, den seguridad a las empresas de sector y garanticen sus derechos y también los de los espectadores".

Control central de Telecinco, adaptado a la tecnología digital.
Control central de Telecinco, adaptado a la tecnología digital.ÁNGEL DÍAZ (EFE)

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_