El juez inhabilita a Jabyer Fernández diez años por el 'caso Iurbenor'
El magistrado condena al empresario a cubrir hasta 35 millones de déficit
A la espera de la resolución penal que se sigue en otro tribunal, el caso Iurbenor tiene ya sentencia civil. Dictada el lunes por el juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, pero conocida ayer, condena al responsable de la promotora, Jabyer Fernández, a diez años de inhabilitación como administrador de bienes ajenos o representante de otras personas. Además, el empresario tendrá que hacer frente con su patrimonio, hasta un límite de 35 millones de euros, al déficit de la compañía que no quede resuelto tras la liquidación de sus bienes. El afectado anunció que recurrirá un fallo tras el que situó la "mano política" del diputado general de Bizkaia, José Luis Bilbao.
Los hechos se remontan al año 2006, cuando se constituyó la empresa Iurbenor para liderar la construcción de 2.000 nuevas viviendas en Barakaldo. Un proyecto que la crisis paralizó y que obligó a la promotora a vender los terrenos de la antigua fábrica de Sefanitro para hacer frente a los créditos pendientes. La operación se cerró por unos 360 millones de euros, de los que 43 quedaron pendientes del pago a la Hacienda vizcaína en concepto de IVA. Fernández, sin embargo, renunció a saldar la deuda y desvió a otras empresas de su grupo 35 de los millones recibidos tras la venta de la parcela. Supuestamente, con el objetivo de utilizar la reinversión para aumentar el capital disponible y poder hacer frente al déficit más adelante.
El fallo estima que el culpable agravó la insolvencia de la empresa
Susana y Antonio, hermanos del administrador, quedan absueltos
La resolución entiende, sin embargo, que el empresario, en su calidad de administrador social, "agravó conscientemente" la insolvencia de Iurbenor al desviar el dinero en vez de hacer frente al impuesto, abocando así a la promotora al concurso de acreedores. "Si estos eran o son buenos negocios es irrelevante en este momento", recalca el magistrado Marcos Bermúdez, para quien "lo que debe valorarse es si las operaciones realizadas hicieron imposible el pago a los acreedores". "Así fue y nadie lo discute. Ni el propio Jabyer Fernández", recoge en su sentencia. El juez respalda así los argumentos de una triple acusación representada por la propia administración concursal, la Fiscalía y la Diputación.
El fallo declara "culpable" el propio concurso de Iurbenor, que se encuentra actualmente en liquidación de su patrimonio para saldar la deuda, al detectar una "inexactitud grave" en los documentos por los que se solicitó. Según el magistrado, Fernández no incluyó en la preceptiva memoria ni en el inventario de bienes los fondos desviados a Residere y Habidite, las otras dos empresas de su grupo. Se trata de una omisión que "no puede considerarse irrelevante, a la vista de su trascendencia económica", y que el juez achaca a una "grave negligencia" por parte del empresario vizcaíno.
La sentencia desestima, por el contrario, las pretensiones formuladas contra Susana y Antonio Fernández, hermanos de Jabyer, para quienes la acusación solicitaba también inhabilitaciones en su condición de cómplices de la descapitalización de Iurbenor. El propio exsecretario del consejo de la constructora y anterior presidente del Athletic, Fernando García Macua, insistió durante el juicio, en su calidad de testigo, en que los tres familiares decidían la gestión de las sociedades del grupo. El juez defiende, sin embargo, que los absueltos "no controlaban la gestión empresarial" de la promotora, ni formaban parte de su órgano de administración cuando fueron ejecutadas las operaciones que agravaron la insolvencia de la sociedad. Esgrime, además, que tampoco cooperaron con el administrador único, a través de actuación ilícita alguna, en el desvío de fondos.
No conforme con su inhabilitación, Fernández avanzó ayer que recurrirá la sentencia ante la Audiencia de Bizkaia en el plazo de cinco días que tiene para hacerlo y vaticinó que el caso "se supone que terminará en el Tribunal Supremo". Tras advertir influencias políticas que hacen "casi imposible" defender este asunto en Euskadi, el empresario recordó que en el conjunto de España se han dado concursos de acreedores de importes "muy superiores" al de Iurbenor y "no se han considerado culpables". "Si de algo me he quejado yo es de que la administradora concursal sea una persona puesta a dedo por la Diputación y que no es funcionaria, sino íntima amiga de José Luis Bilbao", recriminó, en declaraciones a Europa Press.
Al igual que hizo durante la última jornada del juicio, Fernández insistió en que su condena responde a una "obra de teatro" dirigida a escenificar una especie de "complot" familiar que, en su opinión, no es tal. "Yo soy el administrador de la compañía y, si el concurso se tiene que declarar culpable, yo soy el culpable y no hay que buscar más pies al gato", manifestó ayer, en un intento de descargar de responsabilidad a sus hermanos. En este sentido, se mostró satisfecho por su absolución, aunque dudó de que la Diputación comparta la misma impresión y supuso que también recurrirá el fallo ante la audiencia territorial. "Se le ha caído su estrategia procesal, que era hacer ver que había favorecido a Susana y Antonio y eso no era así", remarcó el empresario, refrendado por la argumentación del juez.
La resolución
- Concurso. Lo declara culpable por concurrir la agravación de la insolvencia de Iurbenor, "mediando dolo de su administrador", y la inexactitud grave en los documentos acompañados a la solicitud.
- Jabyer Fernández. Queda inhabilitado para administrar los bienes ajenos por un período de diez años, así como para representar o administrar a cualquier persona durante el mismo plazo. También deberá "responder personalmente de la cobertura del déficit patrimonial que resulte de la liquidación de los bienes" de Iurbenor, hasta un límite de 35,38 millones de euros.
- Hermanos. Se desestiman las pretensiones contra Susana y Antonio Fernández al considerar que no controlaban la gestión empresarial de la promotora y que tampoco fueron cómplices del desvío de fondos a otras firmas del mismo grupo.
- Recurso. Ante la Audiencia vizcaína. Cinco días de plazo
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