"El perdón es la única vía para lograr beneficios, aunque ETA se acabe"
Controla las condenas de los 559 presos de ETA que cumplen penas en España. El pasado viernes, en una de sus rondas por las cárceles para conocer de primera mano la situación de los reclusos, el juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis de Castro (1964, Ourense), visitó la de Nanclares de Oca (Álava), donde están los 24 presos de ETA que han abjurado de la violencia, han pedido perdón a las víctimas y se han comprometido a resarcir el daño causado por sus delitos. Diez de estos internos se encuentran en un régimen de semilibertad que les permite cada día salir del centro para trabajar o estudiar (amparado por el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario). Otros tantos disfrutan de permisos de 36 días anuales. De Castro cree que ese es el camino que debe recorrer el resto para adelantar su salida.
"Es una leyenda que los presos sufran un régimen de excepción"
"Nunca ha habido indultos a terroristas, pero es una decisión política"
Pregunta. ¿Cómo han acogido los presos el cese definitivo de la violencia?
Respuesta. La palabra es expectativa. Nos encontramos con un grupo de presos, los de Nanclares, que han dado un paso anticipado respecto al resto, lo que ha supuesto para ellos la expulsión de la banda. Luego está el resto, los que han firmado el Acuerdo de Gernika, que están impacientes por saber si el cese definitivo les traerá beneficios penitenciarios. Tendrán que cumplir los requisitos legales para ello.
P. Durante muchos años han rechazado esos beneficios...
R. La actitud general de los presos es la de seguir las directrices de ETA. La banda trata de imponerlas desde su dirección y se ve de forma clara en las negativas a pedir redenciones de condena por el trabajo o el rechazo de beneficios como terceros grados, libertades condicionales e incluso permisos que ETA considera prebendas del Estado. El cumplir órdenes de la banda les crea, además, un problema disciplinario. El hecho de que haya plantes y protestas en todas las cárceles, el mismo día y con las mismas actitudes, demuestra que se pliegan a las órdenes de ETA. De lo contrario, pueden ser expulsados del colectivo, lo que puede tener para ellos consecuencias familiares e incluso económicas.
P. ¿Cuál ha sido la consecuencia de esta actitud?
R. Ha empeorado su situación en prisión. Esos plantes generan sanciones disciplinarias. Solo el año pasado, mi juzgado recibió unos 3.800 recursos de presos, el 99% de ellos de ETA, que habían sido sancionados. En los que pueden redimir por el trabajo [los condenados por el Código Penal de 1973], este derecho desaparece. En los penados por el Código actual puede suponer que permanezcan en un régimen cerrado.
P. Esta situación ha llevado a la dispersión. ¿Es correcta y justa esa medida?
R. Reúne todos los requisitos legales. Está en la ley penitenciaria y fue aprobada por el Tribunal Constitucional. Es una medida que suponía un mayor control respecto a los presos, sus visitantes y sus comunicaciones. Eso no impide que el Gobierno, cuando sea necesario, acerque a los presos al País Vasco.
P. ¿Existe un régimen de excepción para estos reclusos?
R. Eso es una leyenda urbana. Han tenido los mismos requisitos legales que cualquier otro preso. Existe un punto de inflexión, la reforma penal de 2003, pero esa reforma no es solo para terrorismo, también para organizaciones criminales. Desde entonces se exigen requisitos más rigurosos para los beneficios.
P. ¿Qué requisitos?
R. Estos presos consideran a sus víctimas un instrumento para atacar al Estado. De ahí la necesidad de alejarse de la violencia y de manifestarlo pidiendo perdón, mediante el arrepentimiento, y abonando las indemnizaciones. En realidad, esos requisitos se aplican a todos, terroristas o no. Todos deben asumir el delito y responsabilizarse de él. La única diferencia en estos casos es que debe ser exteriorizado. La ley también les prohíbe ciertos beneficios, como el adelantamiento de la libertad condicional a los dos tercios de condena o el de restarles 90 días por año de pena una vez alcanzada la mitad de esta.
P. El requisito de abandono de la violencia, ¿se ha cumplido con el cese de la lucha armada?
R. En parte. El hecho de que ETA desaparezca no afecta a las condenas que se estén ejecutando. Lo que establece la ley debe cumplirse. Entre otras cosas, por respeto a las víctimas. La UE ha impuesto recientemente que sean informadas ante el levantamiento de un periodo de seguridad, la obtención de un tercer grado o de una libertad condicional. Tienen además que obtener esa petición de perdón. No pueden ser olvidadas.
P. Así pues, el perdón va a seguir siendo necesario.
R. Mientras no haya una modificación legislativa debemos aplicar la ley que tenemos. No veo cómo la disolución de ETA va a eximir a sus miembros de pedir perdón, con ella en la mano.
P. ¿Cómo se manifiesta el arrepentimiento?
R. Mediante un escrito y con mi visita a las cárceles para comprobarlo. Luego hay otros datos: que dejen las protestas del colectivo, que utilicen abogados que no son de la banda, comunicaciones sin relación con ETA... Son indicios obtenidos a través de la intervención de las comunicaciones. La ley exige también la colaboración con la justicia, pero solo a quien tenga datos que aportar.
P. ¿El camino de los de Nanclares es la única vía para lograr beneficios?
R. Desde la perspectiva penitenciaria, sí. Nanclares ha supuesto un proceso muy importante de seguimiento de estos presos. También un cambio personal. Por sus planteamientos ideológicos y el tiempo que llevan en prisión han llegado a la conclusión de que había que dejar todo ese mundo.
P. Algunos cumplen las condiciones para la libertad condicional pero no se les ha dado...
R. Algunos podrían obtener un tercer grado, pero el Gobierno ha actuado de forma muy prudente. El tercer grado supone una serie de beneficios automáticos de los que no puedes privar al preso. El 100.2 permite combinar la excarcelación con sistemas de control. El fin es que aquellos que cumplen los requisitos de un tercer grado y han sido beneficiados con el 100.2 lo obtengan. Ya se ha concedido uno. El siguiente paso es la libertad condicional.
P. ¿Qué otras soluciones se podrían plantear?
R. Caben los indultos. Nunca se han dado en terrorismo, pero es una decisión política. También se podría aplicar el indulto parcial. Si se cumplen los requisitos de arrepentimiento y perdón, podrían reducirse sus condenas hasta en cuatro meses por año siempre que tengan cumplida la mitad de la pena. También están las salidas programadas. Que salgan por razones terapéuticas para realizar actividades relacionadas con su actividad delictiva y que nos permitan comprobar que el arrepentimiento es real.
Tres disidentes
Esta es la situación en la que se encuentran tres de los 24 presos disidentes de ETA que renunciaron a la violencia, pidieron perdón a las víctimas y se comprometieron a pagar las indemnizaciones derivadas de sus delitos. Los tres fueron acercados a la prisión de Nanclares de Oca (Álava).
- Kepa Pikabea. Nacido en Lesaka (Navarra) en 1955, fue dirigente de ETA en los ochenta. Detenido en Francia en 1994, fue condenado en España a 192 años de cárcel por una veintena de asesinatos. Tras denunciar "la inutilidad de la lucha armada" puede disfrutar de permisos de hasta 36 días al año.
- José Luis Álvarez Santacristina, Txelis. Año y medio después de ser detenido junto a la cúpula de ETA en Bidart (Francia) en 1992, el exideólogo de la organización empezó a dar muestras de distanciamiento de la banda. Cuatro años después condenó el asesinato de Miguel Ángel Blanco. Desde octubre de 2010 sale cada día de prisión para trabajar gracias al régimen personalizado del 100.2 del Reglamento Penitenciario.
- Fernando de Luis Astarloa. Detenido en Francia en 1987, extraditado a España y condenado a 100 años por su participación en dos asesinatos y varios atentados con explosivos. Se le concedió la semilibertad (100.2) hace año y medio y obtuvo el tercer grado la pasada semana. Al haber cumplido tres cuartos de condena en 2009, será, previsiblemente, el primer preso de Nanclares en obtener la libertad condicional.
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