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Industria limita el cobro que realizan las eléctricas sin leer el contador

Industria ha aclarado, vía Boletín Oficial del Estado (BOE), que las empresas eléctricas solo podrán facturar el consumo mediante estimaciones y no con lectura real del contador en periodos de hasta seis meses si hay consentimiento por parte del abonado.

Las facturas eléctricas se emiten de forma mensual, según la norma de 2008, mientras que la lectura es bimestral, de modo que las compañías eléctricas deben realizar estimaciones de consumo para calcular el recibo mensual. En la nueva resolución, Industria propone una nueva metodología para evitar estimaciones desproporcionadas en los casos en los que se toma como referencia el gasto del mismo mes del año anterior y en los que, además, durante ese mes no se hubiese producido consumo por el usuario. La UCE aconsejó ayer no aceptar la estimación semestral y exigió que el consentimiento sea expreso y no tácito.

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