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El juez rechaza cerrar definitivamente una de las ramas del 'caso Margüello'

La defensa recurrió el caso de prevaricación de Elorriaga para impedir su reapertura

El juez de la sala de instrucción número 7 de la Audiencia provincial de Vizcaya que sobreseyó provisionalmente en abril el caso de prevaricación contra el exdirector de Sanidad en Vizcaya, José Ramón Elorriaga, ha rechazado el recurso del abogado defensor, Javier Beramendi, que pedía dar carpetazo al caso y evitar su reapertura.

Según ha podido saber este periódico, el juez ha evitado dar el paso definitivo para cerrarlo y mantiene una vía abierta. Al mismo tiempo, la Fiscalía espera a la decisión sobre el recurso que ha interpuesto contra el sobreseimiento de la que se considera una de las partes más importantes del caso Margüello, el conjunto de supuestas irregularidades en contratos del Departamento de Sanidad con un grupo de empresas relacionadas con el exjefe de Calidad de Cruces, José Carlos Margüello, en anteriores legislaturas.

La Fiscalía pide que se tengan en cuenta los contratos que logró la empresa
Critica que el juez se base en escritos cuya originalidad está en duda

La acusación de prevaricación -dictar una resolución injusta a sabiendas- se centra en la autorización que se concedió en junio de 2006 a una de las compañías, Gestión de Servicios Sanitarios XXI, lo que daba la llave a la empresa para poder ser contratada por el departamento. La compañía, relacionada con Margüello, fue creada en ese mismo año y comenzó un proceso de peticiones de autorización como centro sanitario.

La intención de la empresa era, sin embargo, la de intermediar entre el departamento y otros centros, ya que no tenía instalaciones ni personal para realizar por sí misma tareas sanitarias -no se realizó la inspección obligatoria para estas autorizaciones-. Cuando, tras la autorización, logró contratos con el departamento, la empresa trabajaba desde un piso en Bilbao y, más tarde, desde un despacho en la clínica San Francisco Javier. Fue en estos lugares donde recibía las historias clínicas de pacientes de Osakidetza cuando fue contratada para gestionar las listas de espera de Vizcaya. Las historias pasaban después a centros sanitarios con recursos.

Las empresas intermediarias no necesitan este tipo de documentos, pero sí las que contratan con la consejería y Osakidetza. El entonces director de Sanidad en Vizcaya, tras diversas consultas, firmó en junio de 2006 una autorización de este tipo. La compañía logró un contrato público días después por el procedimiento de emergencia. Sanidad pagó por este servicio dos millones de euros y otros cinco por un segundo contrato adjudicado por el procedimiento negociado sin publicidad, esta vez junto a otras dos empresas, entre 2007 y 2009.

El argumento aportado por Elorriaga tanto en el Parlamento como en los juzgados ha sido la creación de una fórmula novedosa de contratación y que la autorización no era en realidad de autorización sanitaria, sino de un centro para realizar gestiones con empresas. En su resolución judicial de abril, el juez observa que a Gestión de Servicios Sanitarios XXI "se le concede la autorización sanitaria de instalación y funcionamiento vulnerando totalmente el procedimiento legalmente establecido", pero niega que "pueda justificarse de modo suficiente la perpetración del delito denunciado".

La decisión del juez ha sido recurrida por la Fiscalía de Vizcaya, por lo que cabe la posibilidad de que el caso vuelva a reabrirse. El recurso de la Fiscalía, al que ha tenido acceso EL PAÍS, recoge que lo que "resulta incomprensible es la razón de que hubiera que dar una solución a esa posibilidad cuando incumple manifiestamente la ley". La autora del escrito, la fiscal jefe, Carmen Adan, plantea en el recurso por qué, si la autorización que Elorriaga dio fue para realizar una gestión de contratación con otras empresas, el impreso que lo oficializaba era de autorización como centro sanitario. "La verdadera razón es que la autorización se concede porque resulta indispensable para concertar con la administración sanitaria", asegura.

También se pregunta "qué ofrece ese intermediario" para lograr los contratos que tuvo después, en los que no hubo concurrencia pública, según el Tribunal de Cuentas, y se concedieron incrementos de tarifas sin justificar del 20%, enumera la Fiscalía. Adán critica que la resolución del juez no incluya los hechos posteriores a la autorización, ya que "apoyan la acreditación" de la prevaricación.

La Fiscalía pone en duda los documentos aportados por el propio Elorriaga porque en algunos casos no se han encontrado los originales y critica que el caso Margüello se haya dividido en dos juzgados.

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