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Confirmado el archivo de la denuncia de funcionarios vigilados con cámara oculta

F. Javier Barroso

Colocar una cámara oculta dentro de un sistema de detección de humos en una dependencia municipal en la que no se vulnera la intimidad de los funcionarios no es ilegal. Así de rotundos se muestran los magistrados de la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Madrid, que exculpan de cualquier responsabilidad al jefe de la Policía Local de Fuenlabrada, José Luis Cano. Este fue el que ordenó la instalación simulada del aparato de grabación, después de que desaparecieran varios expedientes administrativos. Algunos de ellos eran de especial trascendencia para el Ayuntamiento fuenlabreño: algunos eran recursos presentados por los propios trabajadores contra el Consistorio.

El auto de la Audiencia Provincial confirma el sobresemiento ordenado por la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Fuenlabrada, tras el informe del fiscal que no veía indicios de delito. La denuncia fue presentada por cinco funcionarios de la Dirección General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Fuenlabrada, a la que luego se sumaron el PP y el sindicato Colectivo Profesional de la Policía Municipal (CPPM). Fue interpuesta contra el alcalde fuenlabreño, el socialista Manuel Robles; el primer teniente de alcalde, el jefe de la Policía Municipal, el director general de Recursos Humanos, el jefe del gabinete de alcaldía, el concejal de Hacienda y el director general de este área. Les acusaban de delitos contra la integridad moral, contra los derechos de los trabajadores, malversación de caudales públicos, descubrimiento y revelación de secreto y de un delito cometido por funcionario público contra las garantías constitucionales.

Los magistrados de la Audiencia Provincial consideran que la colocación de las cámaras fue "idónea, necesaria y ponderada". "En ningún momento la cámara instalada puede considerarse ubicada en un lugar cuya grabación implique o conlleve una intromisión ilegítima en la intimidad de los empleados públicos que prestan sus servicios en las dependencias municipales. Por tanto, su instalación estaba plenamente justificada por la desaparición de los expedientes administrativos", recoge el auto de la Sala 4ª, del que ha sido ponente el juez Eduardo Jiménez-Clavería Iglesias.

Los magistrados recuerdan además que en ningún momento se grabaron conversaciones de los funcionarios y que la cámara se encontraba instalada "en un despacho compartido por varios funcionarios, en un espacio público". "Las imágenes en cuestión, dada la orientación y la lejanía, no permitían observar al detalle ni en lo que el funcionario trabajaba exactamente en su ordenador, lo que guardaba en este o incluso, en el interior de los cajones de la mesa que utilizaba", recuerdan los magistrados, que mantienen la decisión del archivo del caso.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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