La Audiencia Nacional cuestiona si una ley de Aguirre es constitucional
El tribunal asegura que la bajada del 5% del sueldo de los empleados laborales del Canal de Isabel II podría afectar al "derecho a la libertad sindical"
La Audiencia Nacional duda de la constitucionalidad de la Ley de Medidas Urgentes, aprobada el 29 de junio pasado, con la que el Gobierno de Esperanza Aguirre adoptó "medidas extraordinarias para la reducción del déficit público". Entre ellas figuraba la bajada salarial del 5% a todos los empleados públicos de la Administración, fueran o no funcionarios. Precisamente eso, la inclusión de los trabajadores laborales en el recorte, fue lo que provocó un alud de demandas de los sindicatos. CSIT-Unión Profesional llevó el conflicto de los casi 2.200 trabajadores de la todavía empresa pública Canal de Isabel II a la Audiencia Nacional. Y la Sala de lo Social ha respondido. En un auto del 23 de diciembre, los magistrados afirman: "Tenemos dudas sobre la constitucionalidad de la nueva redacción" de los artículos en los que se recoge el recorte.
La Comunidad, a diferencia del Estado, recortó el sueldo a los no funcionarios
La rebaja salarial se eleva ahora al Tribunal Constitucional
La Sala cree que los artículos 19 y 22 de la Ley 4/2010 "podrían afectar al contenido esencial del derecho a la libertad sindical [...] en relación con el derecho de negociación colectiva". El sindicato CSIT-UP ya argumentaba en su demanda la posible inconstitucionalidad de la norma. Consideraba que el recorte del sueldo del personal laboral es ilegal porque, a diferencia del funcionario, se rige por un convenio colectivo. Modificar unilateralmente los salarios, sin negociación con los sindicatos, sería ilegal al contradecir el artículo 37 de la Constitución. Los sueldos de los trabajadores del Canal se pactaron en el XVIII Convenio Colectivo de la empresa pública Canal de Isabel II, suscrito el 30 de abril de 2010.
Con el auto, la Audiencia Nacional inicia el trámite para preguntar al Tribunal Constitucional sobre el recorte salarial de la norma autonómica. La Sala da 10 días a las partes para que presenten sus alegaciones, un paso procesal previo a elevar la cuestión al Constitucional. La Ley de Medidas Urgentes de Aguirre es una trasposición del real decreto ley del Gobierno estatal de medidas extraordinarias para la reducción del déficit público en la que se establecía una rebaja salarial generalizada del 5% para los funcionarios y empleados públicos. La norma modificó los presupuestos regionales con el objetivo de ahorrar unos 400 millones de euros, según explicó entonces el consejero de Economía y Hacienda, Antonio Beteta.
La diferencia con el decreto ley es que Aguirre fue un paso más allá. Mientras el Gobierno estatal dejó fuera del recorte salarial de los funcionarios a los trabajadores de las empresas públicas y entidades como Renfe, Adif o AENA, la Ley de Medidas Urgentes aplicó la reducción del 5% a los 25.000 empleados de empresas, entes y fundaciones públicas participadas por el Gobierno regional, como Telemadrid, Metro, Mintra, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón y el Canal de Isabel II. La decisión sobre esta última es la primera en llegar, destacan desde CSIT-UP. El sindicato la presentó en la Audiencia Nacional y no en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid porque el Canal tiene centros de trabajo fuera de la región.
"Es un precedente significativo", asegura la responsable de los servicios jurídicos de CSIT-UP, Mar Mayorga. "La Audiencia tiene claro que se ha podido incurrir en una inconstitucionalidad y que eso genera inseguridad jurídica", añade. "La Comunidad de Madrid ha ido más allá de lo que decía el real decreto, que no incluía las empresas públicas". Mayorga explica que la Audiencia Nacional resuelve con menos retraso que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y que es probable que vayan saliendo nuevas resoluciones en el mismo sentido.
Este auto se suma a otro, también de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que en octubre pasado cuestionó el recorte salarial de los 1.750 trabajadores de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. En aquel caso, el tribunal consideró que el decreto ley podía vulnerar el Título I de la Constitución. Además, los sindicatos demandantes (UGT, CC OO y SATNP) alegaron que se vulneraba el principio de igualdad porque entidades como Renfe, excluida de los recortes, son de naturaleza similar a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
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