El Supremo baja la pena a los islamistas que iban a volar el metro barcelonés
El Tribunal Supremo ha reducido sensiblemente las penas impuestas por la Audiencia Nacional a los terroristas islamistas que pretendían atentar con explosivos en el metro de Barcelona, en enero de 2008, mediante un supuesto ataque suicida. Según la sentencia, el ataque estaba en fase tan "embrionaria" que no se puede condenar a la mayoría de los acusados más que al mínimo de seis años de prisión por pertenencia a grupo terrorista.
En consecuencia, el Supremo rebaja la pena a Maroof Ahmed Mirza a ocho años de prisión como dirigente de grupo terrorista, y a otros 10 integrantes del grupo les reduce las penas de 8 años y medio a seis años. A dos de estos, Qadeer Malik y Shaib Iqbal, les absuelve del delito de tenencia de explosivos, dejando en seis años sus condenas iniciales de 14 años y medio.
La sentencia rechaza la petición fiscal de elevar todas las condenas en ocho años por conspiración para delinquir.
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