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Los servicios mínimos afectan al 14% de los autobuses

Fomento no garantiza el funcionamiento de ningún tren

La Consellería de Presidencia publicó en el Diario Oficial de Galicia del pasado viernes el decreto por el que regula los "servicios esenciales" para la huelga general convocada para el 29. En la detallada orden, la Xunta establece el "funcionamiento mínimo" en los servicios y actividades cuya regulación es competencia de alguna de las regulaciones de la Xunta. El sindicato nacionalista CIG anunció que presentará un recurso contencioso-administrativo por considerar "abusivo" el decreto de la Administración. "No garantiza el legítimo ejercicio del derecho a huelga del personal que trabaja para el sector público", aducen. Según informó Europa Press, CC OO también se planteaba recurrir los servicios mínimos en la educación. Desde UGT ya han recurrido las ordenanzas de la Xunta, pero únicamente en los sectores de sanidad, educación y la compañía pública de radio y televisión. El Tribunal Superior declaró hábil, a última hora del viernes, el fin de semana y, probablemente se pronuncie hoy al respecto.

Las urgencias médicas estarán cubiertas con el 100% del personal
En cada colegio trabajarán, por lo menos, el director y un profesor

- Transporte por carretera. En transporte de viajeros por carretera, el sindicato CIG cifra los servicios mínimos en un 14%. Según explica el portavoz de Transportes de la central, "se trata de uno de los porcentajes más bajos del Estado, no parece abusivo". Sí lo es, a su juicio, el 100% que ha decretado la Consellería de Educación para los buses escolares de por la mañana. Por la tarde no habrá servicios mínimos. En el transporte de trabajadores, los vehículos funcionarán al 100% antes de las nueve de la mañana y después de las seis de la tarde. Entre esas horas, no habrá servicios mínimos. Tampoco se establecen los mínimos esenciales en transporte de mercancías, excepto para cuestiones sanitarias (100%) y para trasladar combustible (los trabajadores deberán atenerse, como mínimo, a las condiciones laborales de un domingo o festivo).

- Transporte ferroviario. Renfe, dependiente del Ministerio de Fomento, ha declarado "servicios esenciales" el 25% de los trenes de cercanías y el 20% del AVE. Dado que la compañía pública no ofrece ninguno de estos dos servicios en Galicia, los ferrocarriles que realizan recorridos en la comunidad no estarán sujetos a un porcentaje de itinerarios mínimos.

- Transporte aéreo. Lavacolla será uno de los nueve aeródromos españoles en los que habrá, como servicios mínimos, un 20% de vuelos internacionales. En las terminales de Alvedro y Peinador, donde no operarán vuelos el próximo miércoles, trabajará el 10% del personal. Estos "servicios esenciales" han sido pactados por el Ministerio de Fomento y los sindicatos.

- Sanidad. En hospitales y ambulatorios, los servicios mínimos serán de un 100% en los apartados de urgencias de atención especializada y primaria, y lo serán en personal facultativo, no facultativo, de gestión y de servicios. Además, en los servicios subcontratados a empresas relacionados con la atención médica -Centro de Tranfusións de Galicia y emergencias del 061- deberá ocupar su puesto de trabajo "el personal mínimo necesario para la cobertura de la atención urgente del 061" y "los servicios necesarios para el mantenimiento del abastecimiento sanguíneo en toda la comunidad autónoma". La CIG se opone al decreto de la Consellería de Sanidade. Según la central nacionalista, la actividad en ambulatorios y hospitales "debe ser la misma que un domingo o un festivo, excepto en supuestos oficiales como urgencias o atención oncológica".

- Educación. En los centros públicos de enseñanza, los servicios mínimos significarán que en cada unidad deberá haber, por lo menos, un miembro de la dirección y un profesor. Para el personal de comedores, de limpieza y subalterno de los centros residenciales docentes, serán de un 30%, al igual que en comedores, ATS, limpieza, cuidadores y personal médico de los centros de educación especial. En los colegios privados regirá la misma norma. Un funcionario del registro y un secretario en los rectorados, un funcionario de registro, un auxiliar de servicios, una persona por biblioteca y un secretario de vicerrectorado en los campus donde no haya sede rectoral conforman los "servicios esenciales" en las universidades.

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