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Sanidad pagará 60.000 euros por un contagio de hepatitis C

El virus infectó a un paciente que fue operado de un tumor

Un paciente ingresó en el hospital La Fe de Valencia con un tumor cerebral y en la intervención le fue contagiado el virus de la hepatitis C. Así entiende el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que ocurrieron los hechos y por eso condena a la Consejería de Sanidad a indemnizar al paciente con 60.000 euros.

El enfermo trabajaba como auxiliar de vuelo. El 2 de diciembre de 2002 ingresó en La Fe con episodios de náuseas, vértigo y cefaleas. Le diagnosticaron un tumor cerebral ocho días después. Le operaron y permaneció ingresado hasta el 24 de diciembre. Durante la intervención hospitalaria, según consta en la sentencia, "todos los análisis de enzimas hepáticos eran absolutamente normales".

Dos meses después, en febrero, ingresó de nuevo en el hospital, en esta ocasión en el Arnau de Vilanova. Su cuadro era de ictericia, enzimas compatibles con hepatitis aguda y unos indicadores diez veces superiores a lo normal. Y fue entonces cuando se le detectó el positivo al virus de la hepatitis C. Más tarde, en julio de aquel año 2003, se realizó una biopsia. Tras el resultado, se le aplicó un tratamiento durante seis meses. Estuvo diez meses incapacitado.

La Consejería de Sanidad no estimó la reclamación del paciente. Consideró que no tenía ninguna responsabilidad porque el paciente "no recibió transfusión alguna ni tampoco consta incidente con ocasión de la intervención quirúrgica".

Pero el resultado de las periciales fue otro. Sin género de duda, los informes relacionaron el positivo a la hepatitis C con la intervención en La Fe. Sí se le administró suero. Sí se le insertaron vías. Sí se le practicaron una endoscopia y una TAC. Y sí le realizaron punciones para extracción de sangre. La sala, por tanto, no tiene duda de la relación causal de los hechos.

Y a la hora de cuantificar la indemnización, recoge el fallo, "hay que tomar en consideración no sólo los daños directos que genera la enfermedad, cuyo desarrollo no es seguro y requiere tratamiento, sino igualmente el consecuente daño moral por la incertidumbre de padecer una enfermedad de dudoso pronóstico y la trascendencia que tiene en la vida personal, familiar y de relación social". La indemnización se fijó en 60.000 euros.

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