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OPINIÓN
Columna
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La línea de sombra

La sentencia sobre el caso Egunkaria dictada el pasado lunes por la Audiencia Nacional subraya la falta de habilitación constitucional de los tribunales para el cierre temporal de medios de comunicación y llama la atención sobre las inciertas líneas de sombra que separan la abusiva aplicación de la legislación antiterrorista y el respeto a derechos fundamentales tales como la interdicción de las torturas, la libertad de prensa y la presunción de inocencia. Ni la indemnización por la clausura del periódico ni la investigación sobre las eventuales torturas sufridas por los detenidos en el caso son examinados en la sentencia.

Han transcurrido siete años desde la prisión preventiva dictada por supuesta integración en banda armada contra cinco directivos de Egunkaria, la clausura temporal en febrero de 2003 -prorrogada sucesivamente- de ese diario y la liquidación definitiva de su empresa editora. El periódico -publicado íntegramente en euskera- apareció en los quioscos el 6 de diciembre de 1990 y consolidó su presencia en el mercado. Contemplado inicialmente con recelo por el Gobierno vasco, temeroso de una posible influencia del nacionalismo radical, recibiría luego ayudas monetarias del Ejecutivo de Vitoria; hay razones para suponer que el proyecto fue el oscuro objeto de deseo tanto del PNV como de ETA, sin que ninguno de los dos pretendientes lograse finalmente su posesiva aspiración.

La sentencia del 'caso Egunkaria' advierte de los peligros de una aplicación abusiva de la legislación antiterrorista

Según la sentencia, los indicios de que la banda terrorista controlaba el periódico o su empresa -tal y como ocurrió en el caso de Egin- carecen de consistencia: no está probado que los acusados tuviesen la más mínima relación con ETA y tampoco se halla acreditado que Egunkaria defendiese los postulados de la banda, publicase un solo artículo a favor del terrorismo o tuviese una línea editorial políticamente sesgada. A la vista de esas conclusiones, ¿cómo es posible que la Audiencia Nacional tomase en falso hace siete años la medida cautelar de clausurar Egunkaria?

La respuesta seguramente está relacionada con los cambios en la cúpula de la Fiscalía General del Estado y de la Audiencia Nacional tras la derrota del PP en 2004. El experimentado Garzón, que había clausurado en julio de 1998 el diario Egin por su pertenencia a ETA (una decisión que confirmarían la Audiencia Nacional en 2007 y el Supremo en 2009), había considerado insuficiente en su día los indicios incriminatorios. Años más tarde, sin embargo, el recién llegado juez Juan del Olmo (eficaz y solvente instructor del sumario del 11-M poco después) quedaría convencido de la solidez de las pruebas. Pero el ministerio público, que había pedido bajo Cardenal y Fungairiño la clausura de Egunkaria, retiró en 2006 sus anteriores imputaciones, dejando a la acción popular acusatoria tan agarrada a la brocha como se encuentran hoy los querellantes contra Garzón -desprovistos del respaldo del fiscal- en el Supremo.

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