El juez de Belfast aprueba la extradición a España de De Juana Chaos
La defensa del etarra prepara un recurso que paralizará su entrega
El magistrado norirlandés Tom Burgess acordó ayer dar su aprobación a la extradición a España del etarra Iñaki de Juana Chaos, reclamado por la Audiencia Nacional por un presunto delito de exaltación del terrorismo. La defensa de De Juana anunció que casi con absoluta seguridad recurrirá la decisión, por lo que el etarra, que en 2008 huyó primero a Irlanda y luego a Irlanda del Norte al enterarse de que se le buscaba, no será de momento trasladado a España. La fiscalía norirlandesa aceptó que De Juana siga como hasta ahora, en libertad condicional en Belfast.
El juez Burgess, que ya había decidido en marzo del año pasado que el delito por el que se reclama a De Juana entra dentro de los límites de la Orden de Detención Europea, rechazó ayer todos los argumentos de la defensa y en particular el que piensan utilizar más a fondo sus abogados para evitar la extradición: que ha pasado en total 21 años y medio en prisión -fue condenado a 3.000 años por 25 asesinatos- y no está en condiciones mentales de soportar un regreso a cárceles españolas.
Burgess rechaza que se quiera procesar al ex preso de ETA por sus ideas políticas
La Audiencia Nacional reclama a De Juana por considerarle autor de una carta leída en su nombre por una mujer en un acto en San Sebastián el 4 de agosto de 2008, a los pocos días de que el etarra saliera de prisión. En aquel texto, reproducido luego por el diario Gara, se utilizaba la expresión en euskera aurrera bolie, que en castellano significa "adelante con la pelota" y que en el contexto en que fue pronunciada se puede interpretar como una incitación a favor de la lucha armada.
La defensa había pedido al juez Burgess que denegara la extradición por entender que las autoridades españolas no habían presentado ninguna prueba contra él que le permitiera preparar su defensa, por considerar que el objetivo del procesamiento es privarle de libertad por sus opiniones políticas, porque el estado mental de De Juana no le permite soportar un nuevo encarcelamiento en España y porque su extradición no es compatible con sus derechos bajo la Convención Europea de Derechos Humanos.
Pero el juez Burgess subrayó que, salvo que le presenten pruebas que le hagan pensar que la persona reclamada no va a recibir un juicio justo, la Orden de Arresto Europea le obliga a confiar en el sistema judicial del país europeo que la presenta, en este caso España.
También rechaza que el objetivo de la Audiencia Nacional sea procesar a De Juana por sus ideas políticas. "No tengo pruebas de ningún tipo de que esta Orden haya sido emitida con el objetivo de castigar a la persona requerida por sus ideas políticas. Se le busca por un delito específico. Un delito que incluye una acusación de glorificación efectiva de la violencia con fines políticos. No se han presentado pruebas ante este tribunal de que esa ley, aprobada en la pasada legislatura española, sea anticonstitucional o represente una violación de la Convención en materia de libertad de expresión", precisa el juez.
Burgess dedica buena parte de su sentencia a dar cuenta de los problemas de salud de De Juana, tanto físicos como mentales, desde agotamiento a depresión, relatados por escrito y en su declaración en noviembre pasado ante el tribunal por el doctor Adrian Grounds, psiquiatra forense del Hospital Mental de Cambridgeshire y Peterborough y especialista en evaluar la salud mental en las prisiones. Son problemas, subraya el juez "que no han sido contestados" por las autoridades españolas.
Pero mientras la defensa cree que esos problemas deberían impedir su extradición, Burgess coincide con la fiscalía de Irlanda del Norte -que ha representado los intereses de España en el proceso- en que son las autoridades españolas las que han de evaluar el impacto sobre De Juana de un eventual regreso a prisión. "Estoy convencido de que los tribunales españoles cumplirán plenamente sus obligaciones", enfatiza.
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