El Supremo 'condena' al Alto Tribunal por dilaciones indebidas
El Tribunal Supremo ha acordado que los ciudadanos tienen derecho a ser indemnizados por los daños que les causen las dilaciones indebidas del Tribunal Constitucional en los recursos de amparo, según confirmaron fuentes del alto tribunal. El acuerdo del Supremo, que se recogerá en una sentencia, se anticipa a la entrada en vigor, en seis meses, de la reforma de la Ley sobre Régimen Jurídico de las Administraciones, que atribuye al Constitucional competencia para declarar la existencia de dilaciones y al Consejo de Ministros la cuantía de la indemnización.
Se trata de otra decisión en la guerra que mantiene la Sala de lo Contencioso con el Constitucional y el Poder Judicial, al que en el mismo pleno tumbaron por segunda vez el nombramiento de la magistrada de la Sala de lo Social Rosa Virolés. La guerra con el Constitucional se recrudecerá tras la entrada en vigor de la reforma de la ley, ya que el Supremo tendrá el control sobre la existencia de daños que declare el Constitucional.
El caso examinado se refiere a un recurso de amparo presentado en 1999 por Rafael Huertas Calzado contra sentencias sobre su despido de Telefónica. En mayo de 2000 el recurso fue inadmitido, pero el demandante recusó a dos magistrados.
El Tribunal aceptó que no se le había notificado la composición de la Sala, dejó sin efecto la inadmisión y acordó instruir la recusación. Ésta quedó pendiente de la resolución del ponente, el entonces presidente del Tribunal, Manuel Jiménez de Parga. Durante casi tres años no se movió un papel. En 2004, tras la salida de Jiménez de Parga, la recusación fue rechazada.
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