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La nueva ley de comercio levanta las restricciones a los 'hiper'

Los centros de más de 2.500 metros sólo precisarán licencia municipal

Las modificaciones que se van a introducir en la Ley de Comercio Interior de Andalucía para adaptarla a la Directiva Europea de Servicios van a suponer un profundo cambio en la orientación que tradicionalmente ha guiado la política de la Junta en esta materia, que va a ver muy limitada además su capacidad de intervención e incluso de planificación.

Posiblemente la consecuencia más llamativa es la que se deriva de la eliminación de la autorización autonómica para la apertura de grandes superficies, lo que en la práctica abre la puerta a la libertad de implantación.

Con la nueva ley, que debe estar aprobada antes del 29 de diciembre según el plazo otorgado por la Unión Europea, las superficies comerciales de más de 2.500 metros cuadrados sólo requerirán de la licencia municipal, y además se establece un plazo máximo de dos meses para su concesión, cuando antes, sólo el trámite autonómico consumía nueve meses.Al no requerirse ya la licencia autonómica, la reforma de la ley abolirá la Comisión Asesora de Comercio Interior de Andalucía (CACI), órgano de 31 miembros en el que están representados administración autonómica y municipal, empresarios, sindicatos y consumidores que emitía un informe preceptivo para la autorización de grandes superficies comerciales. Si habrá un órgano de carácter consultivo de similar representatividad para que la consejería pueda consensuar sus políticas.

Hasta ahora, la política comercial de la Junta se había planificado sobre criterios económicos y de población, de forma que a la hora de autorizar nuevas superficies se valoraban cuestiones como el número de centros ya existentes, los indicadores de venta, y los residentes en el área de influencia, al objeto de equilibrar los intereses entre el pequeño comercio y las grandes superficies.

Pero justamente la directiva europea, nacida para eliminar barreras legales y administrativas a los servicios del mercado único, viene a impedir la aplicación de este tipo de criterios económicos en la actuación de los poderes públicos. La Junta también verá limitado su poder de regulación en favor de los municipios en el comercio ambulante. Además de la Ley de Comercio Interior, también se van a modificar las de Comercio Ambulante y la de Ferias Comerciales Oficiales, afectadas igualmente por la directiva europea.

El consejero de Turismo, Comercio y Deportes, Luciano Alonso, admite que el Gobierno autonómico "no hubiera cambiado por iniciativa propia el actual marco porque ha dado resultados óptimos" , pero no quedaba más remedio por la normativa europea. "Tenemos que hacer de la obligatoriedad virtud, buscar nuevas oportunidades para el sector y por ello intentamos el mayor consenso posible", explica.

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No es que la Junta no tenga ya nada que decir sobre las grandes superficies, pues en el trámite de la licencia municipal se requerirá un informe autonómico. Pero sólo podrá pronunciarse sobre cuestiones que tengan que ver con el medio ambiente y cuestiones urbanísticas, como la idoneidad de los suelos afectados o que existan las precisas dotaciones de accesos y equipamientos complementarios.

"Un equipamiento comercial de más de 2.500 metros tiene sin duda una incidencia territorial, y la Junta si tiene competencias de ordenación", recuerda la directora general de Comercio, María Dolores Atienza.

Los municipios deberán identificar en sus planes de ordenación municipales los suelos que destinen a superficie comercial. La Junta elabora un Plan de Establecimientos Comerciales (PEC), que es un mapa en el que identificará "ámbitos aptos" para la implantación de nuevas superficies en todo el territorio andaluz que se actualizará cada cuatro años. "Son los suelos en los que son asumibles los impactos" de un espacio de más de 2.500 metros cuadrados de venta o 5.000 metros construidos, explica Atienza, quien matiza que "serán preferentes, no obligatorios". Al final serán los municipios quienes determinen.

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