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El Constitucional tumba por "falta de motivación" una sentencia del Supremo

El Tribunal Constitucional ha revocado por un "déficit de motivación" la sentencia del Tribunal Supremo que condenó al abogado barcelonés Juan José Folchi a dos años de prisión por apropiación indebida en el caso Icsa-Inpacsa. La decisión representa la última escaramuza en la batalla que mantienen el Constitucional y el Supremo en todos los frentes, y en particular el que mantiene la Sala Penal contra la doctrina constitucional sobre la interrupción de la prescripción. La sentencia ha generado además un indisimulado jolgorio entre los magistrados de la Audiencia Nacional, que la semana pasada han visto revocada una sentencia suya por el Supremo por no "justificar" la pena impuesta a dos grapos.

De hecho, el Constitucional deja intacta la sentencia de la Audiencia Nacional sobre el caso Folchi, pero le atiza al Supremo al afirmar que la doctrina de éste en materia de prescripción es "contraria a las exigencias del derecho a la tutela judicial efectiva" del artículo 24 de la Constitución. El Tribunal Constitucional ordena al Supremo retrotraer las actuaciones al momento anterior a dictar su sentencia, y dictar otra que sea

"respetuosa con el derecho fundamental vulnerado

Lucha de competencias

El origen de la bronca sobre la prescripción está en una sentencia constitucional de 2005 que incorporó por primera vez la necesidad del "acto de interposición judicial" (un pronunciamiento sobre el procedimiento o la admisión de la querella) para interrumpir la prescripción, frente a la interpretación del Supremo, que computaba el plazo de prescripción desde la presentación de la querella.

El Supremo replicó acusando al Constitucional de arrebatarle sus competencias sobre cuestiones de legalidad ordinaria, se reafirmó en su doctrina y la ha seguido aplicando sin tener en cuenta la del Constitucional.

En el caso de Folchi, condenado por la apropiación indebida de parte de la plusvalía generada por la venta de acciones de la papelera Inpacsa, el Constitucional coincide con el Supremo en que el caso está prescrito. Pero al haberlo motivado el Supremo aplicando su propia doctrina y sin realizar "valoración alguna" de las incidencias del caso, el Constitucional tumba la sentencia y obliga al Supremo a dictar una nueva y conforme al "canon de motivación" exigido.

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