Condenados a pagar por su denuncia de vertidos al río Segura
Acudieron a denunciar la contaminación del río Segura y han salido malparados. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada hace dos años por la Audiencia de Alicante en la que absolvió a los 11 empresarios de La Vega Baja y a los tres ex altos cargos de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) acusados de un delito contra el medio ambiente por vertidos tóxicos industriales en el río Segura. El tribunal mantiene la condena a Ecologistas en Acción y Amigos de los Humedales a pagar las costas del proceso judicial, que podrían superar los 16.000 euros. "Es un varapalo, hemos salido trasquilados y la Justicia ha pasado de largo por el río Segura", comentaba ayer, resignado, Carlos Arribas, de Ecologistas en Acción, quien considera que la sentencia será "legal, pero injusta". Los condenados preparan una colecta para recaudar fondos y hacer frente a las costas.
La Audiencia Provincial de Alicante absolvió en diciembre de 2007 a los 14 acusados de un delito contra el medio ambiente por vertidos tóxicos industriales, a través de la red de alcantarillado o directamente en el cauce. Por este delito les pedían penas de entre cuatro y seis años de cárcel. El tribunal alicantino declaró de oficio el pago de las seis catorceavas partes de las costas procesales por los acusados por el Ministerio Fiscal y la acción popular (constituida por Ecologistas en Acción y Amigos de los Humedales del Sur de Alicante). Y a estas últimas organizaciones les impuso expresamente las ocho catorceavas partes de las costas causadas por su única acusación a los ex cargos de la CHS y que fueron absueltos.
El Tribunal Supremo entiende que en el caso de los tres ex cargos de la CHS sólo acusados por la acción popular y después absueltos, "los argumentos empleados para justificar la temeridad procesal no son ciertamente homogéneos pero sí suficientes". Además, recuerda que la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante consideraba probado que la CHS "no tenía competencia en materia de vertidos al alcantarillado municipal", ni que los tres ex cargos acusados "hicieran una dejación de sus funciones". Por ello, el Supremo ratifica que la conducta procesal de la acción popular, constituida por las dos organizaciones ecologistas, fue "temeraria" al mantener su acusación contra los tres ex cargos de la Confederación Hidrográfica del Segura. Y a los empresarios les absuelve por defecto de forma en las pruebas.
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