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Los parados sin ayuda podrán cobrar su fondo de pensiones

El Gobierno cambia la norma que fijaba un año de espera

Íñigo de Barrón

España se alinea con algunos países europeos en cuanto a los planes de pensiones. El Consejo de Ministros aprobó ayer la modificación del reglamento de planes y fondos de pensiones para que los desempleados que no cuenten con ninguna prestación, bien por haberla agotado o por no tener derecho a ella, puedan rescatarlos inmediatamente.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el Ejecutivo ha tomado esta medida "para favorecer el poder adquisitivo de las personas desempleadas que hayan invertido en estos planes de pensiones".

Hasta ahora, para que un parado, partícipe del fondo de pensiones, pueda rescatarlo, tiene que estar un periodo mínimo continuado de 12 meses en desempleo, además de hallarse inscrito como demandante y no tener derecho o haber agotado la prestación contributiva. En el caso de los autónomos la situación es similar. La reforma afectará a todos.

En España hay unos ocho millones de personas con fondos de pensiones privados, aunque el número de cuentas de partícipes asciende a 10,3 millones, según los datos de la patronal del sector, Inverco. Esta diferencia se debe a que algunas personas tienen fondos en diferentes entidades.

Inverco ha participado con la Administración en la elaboración de la reforma desde febrero pasado. En su opinión, la medida es positiva, porque transmitirá la imagen de liquidez que no tienen ahora estos fondos y puede ser un atractivo para los clientes.

El nuevo reglamento establece que nunca se puede cobrar el paro y, a la vez, recuperar la pensión. Así, los que tienen derecho a paro por más de 12 meses tendrán que agotarlo antes de recuperar sus ahorros. Ha quedado fuera la posibilidad de que se puedan recuperar las pensiones de cónyuges o familiares en línea ascendente o descendente para evitar abusos.

La medida tendrá efectos inmediatos en los fondos individuales, que son la mayoría, con 8,37 millones de partícipes. Basta sólo con que la gestora del banco o caja comunique el cambio. Sin embargo, en los sistemas de empresa, debe ser la comisión gestora (donde están empresarios y trabajadores) la que se adapte a la reforma. Lo mismo ocurre con los sistemas asociados, que pertenecen a colectivos o sindicatos.

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Sobre la firma

Íñigo de Barrón
Es corresponsal financiero de EL PAÍS y lleva casi dos décadas cubriendo la evolución del sistema bancario y las crisis que lo han transformado. Es autor de El hundimiento de la banca y en su cuenta de Twitter afirma que "saber de economía hace más fuertes a los ciudadanos". Antes trabajó en Expansión, Actualidad Económica, Europa Press y Deia.

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