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Columna
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Neutralidad territorial

Ningún Gobierno español puede sobrevivir si la opinión pública percibe que su dirección política del país es parcial desde un punto de vista territorial. Ésta es, con diferencia, la lección más importante que se puede extraer de lo que fue el proceso constituyente de 1978 y del proceso de inicial puesta en marcha de la estructura del Estado con base en lo establecido en el texto constitucional. La parcialidad territorial del Gobierno de UCD presidido por Adolfo Suárez, que consideró que podía pactar la estructura del Estado con Cataluña y País Vasco y en menor medida con Galicia, dejando fuera de la negociación a las demás regiones que integran España, acabó, como los lectores con seguridad recuerdan, no sólo con la pérdida del poder de UCD sino con su disolución como partido político. El partido que había dirigido la transición de la dictadura a la democracia desapareció como consecuencia de su interpretación territorialmente parcial de la estructura del Estado prevista en la Constitución. Ningún Gobierno de la nación puede tener legitimidad en el conjunto de España, si los ciudadanos perciben que su actuación es territorialmente parcial. Y los problemas de legitimidad, a diferencia de los de simple legalidad, son problemas de supervivencia. Quien es percibido como territorialmente parcial deja de poder dirigirse al conjunto del país.

Obviamente, no estamos en 1978-1980 sino en otro momento distinto. La estructura del Estado se ha asentado y hoy disponemos de 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas, en las cuales se han desarrollado ya múltiples convocatorias electorales, que han dado legitimidad democrática directa a sus Asambleas legislativas y con base en ellas se han constituido Gobiernos que dirigen Administraciones Públicas muy poderosas, que prestan los servicios que más afectan de manera directa a la vida de los ciudadanos. El Estado autonómico no está constituyéndose, sino que está constituido. Y sólidamente constituido. En consecuencia, el riesgo de que un Gobierno pueda actuar de la forma en que lo hizo el Gobierno de UCD entre 1978 y 1980, es decir, entre la aprobación de la Constitución y la celebración del referéndum de ratificación de la iniciativa autonómica en Andalucía el 28 de febrero de 1980, es muy escaso.

Ahora bien, el que sea escaso no quiere decir que sea nulo. En la definición de la financiación autonómica el Gobierno de la nación al que le toque definir el modelo se la juega. Si no consigue que el modelo sea percibido como razonablemente neutral por una mayoría amplia de la ciudadanía, su legitimidad para dirigir la acción de Gobierno puede verse seriamente afectada. Las consecuencias de una percepción de parcialidad territorial no es probable que sean ni en este momento ni en el futuro en el que es posible hacer predicciones de una magnitud similar a las que condujeron a la disolución de UCD, pero lo mejor que puede hacer el partido que dirija el Gobierno es no comprobarlo.

La percepción de manera mayoritaria por la ciudadanía de una parcialidad del Gobierno en la financiación de las comunidades autónomas es un error que no solamente es imposible de soportar por dicho Gobierno, sino que puede conducir al partido que lo sustenta a permanecer alejado del poder durante mucho tiempo. La mancha de parcialidad territorial es muy difícil de lavar. Posiblemente, por no decir con seguridad, no hay error más grave que ese. Ello no debe conducir a escurrir el bulto, pero sí a medir con mucha prudencia el riesgo que se asume. En este terreno no hay resbalones, sino caídas con consecuencias sumamente traumáticas.

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