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El fiscal cuestiona 36 de las 47 condenas al entramado de ETA

La Audiencia impuso penas máximas sin justificación en el 'caso Ekin'

El fiscal del Tribunal Supremo propuso ayer absolver a seis de los 47 condenados en el macrojuicio del caso Ekin, reducir la pena a otros 30 y dejar sin efecto las sanciones a otros dos, al constatar que la sentencia de la Audiencia Nacional exacerbó las penas impuestas a los integrantes de esta organización del entorno de ETA. La Audiencia impuso las penas máximas sin justificación, dijo el fiscal.

El macrojuicio del caso Ekin se inició en noviembre de 2005 con 56 procesados en el banquillo por formar parte de ETA o de cumplir las órdenes de la dirección de la banda terrorista. Tras año y medio de juicio, la Audiencia condenó a 47 de los procesados a penas de entre dos y 22 años de cárcel, hasta un total de 525 años. Según la sentencia, Ekin era un "manto de legalidad" bajo el que operaba KAS (Koordinadora Abertzale Sozialista), que a su vez formaba parte de las "entrañas de ETA". Por tanto, Ekin no era sólo una organización de apoyo, sino que estaba "en el corazón de ETA", al igual que KAS.

El fiscal de sala Juan Ignacio Campos planteó la absolución de los integrantes de las asociación Josemi Zumalabe, una entidad del entorno de la banda, dedicada a promover la desobediencia civil como forma de lucha.

La propuesta de absolución afecta a Mikel Aznar, Olatz Altuna, Sabino Ormazabal, Mario Zubiaga, Alberto Frías y Fernando Olalde, condenados los cinco primeros a 9 años y el último a 10 años de prisión. Además, informó de que los hechos imputados a Natale Landa y Mikel Zuloaga, condenados a 10 años, quizá no tengan entidad suficiente para merecer una pena.

Frente de prisiones

Para otros 30 condenados, el fiscal ha solicitado reducciones de dos o tres años. En cambio, ha apoyado las condenas de 18 años impuestas al ex dirigente de KAS Xavier Alegría y los 14 años impuestos al abogado Txema Matanzas, encargado del frente de makos (prisiones).

El fiscal Campos hizo hincapié en que las organizaciones del entorno de ETA son terroristas y deben estar conceptuadas como tal, aunque sus integrantes no cometan atentados. Añadió que para justificar la pena más grave hay que explicar porqué se elige y esa explicación falta en la sentencia de la Audiencia Nacional.

Los abogados defensores, que han estado informando desde el lunes, alegaron que la sentencia se ha construido sobre los informes policiales y que el proceso judicial ha estado vacío de prueba.

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