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El marido de la niña obligada a casarse seguirá en prisión

La Audiencia de Cádiz cree que en su caso hay riesgo de fuga

La Audiencia Provincial de Cádiz decidió ayer, mediante un auto de la Sección Tercera, prorrogar la estancia en prisión de El Moctar Ould Abderrahamane, el marido de la niña mauritana forzada a casarse y a tener relaciones sexuales con él. La medida está basada en la falta de arraigo del preso y en el riesgo evidente de fuga.

Esta decisión contrasta con un auto de la misma sección que dejó libres la semana pasada a los padres de la joven. El abogado de los tres condenados, José Álvarez, cree que no se ha respetado el principio de igualdad en este caso.

El marido de la niña fue condenado por la Audiencia Provincial gaditana a 13 años y medio de prisión por un delito de agresión sexual. Lleva en la cárcel desde que el Cuerpo Nacional de Policía le detuvo cuando la joven presentó una denuncia en comisaría. La chica relató a los agentes como sus progenitores le habían forzado a que se casara con él en Mauritania y obligado a acostarse con su esposo la noche de bodas y, meses después, también en su casa de Puerto Real (Cádiz). La chica relató que sus padres amenazaron con lapidarla.

Tras superar los dos años de estancia en prisión, la Fiscalía solicitó para el marido de la niña una prórroga de seis años y tres meses más en la cárcel, la mitad de la condena. La Sección Tercera ha aceptado finalmente la petición realizada por el Ministerio Público.

En un auto conocido ayer, la Audiencia justifica su decisión en la gravedad de la pena impuesta y la falta de arraigo del preso en España. "Cuando fue condenado se hallaba en Puerto Real accidentalmente, de camino hacia otro país, careciendo incluso de residencia legal en España, por lo que procede prorrogar la prisión hasta el límite de la mitad de la pena impuesta", reza el documento.

El abogado de El Moctar Ould Abderrahamane, José Álvarez, quien también defiende los intereses de los padres de la niña, cree que se ha vulnerado el principio de igualdad recogido en la Constitución porque la pena de la madre era mayor que la del preso y los argumentos aceptados con los progenitores también deberían haber servido para el marido. "La falta de arraigo también la exponía la Fiscalía respecto a mis otros defendidos y no fue motivo para meterles en prisión", señaló ese letrado, quien recordó que su cliente podría haber suplido esa falta de arraigo con la retirada del pasaporte y la acreditación de un domicilio en España. La defensa estudia si recurre este auto ante el Tribunal Constitucional.

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