El TSJ pregunta al fiscal sobre la competencia en el caso que afecta a Camps
La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) concedió ayer un plazo de cinco días hábiles a fiscal y a las partes personadas en el caso que afecta al presidente de la Generalitat, Francisco Camps, y al secretario general del PP valenciano, Ricardo Costa, para que se pronuncien sobre la competencia del órgano jurisdiccional que debe investigar los hechos. Ese plazo finaliza el próximo día 14 de abril. El trámite no es obligatorio, aunque habitualmente se practica.
El ponente, el magistrado José Flors, debe decidir si es competente el Tribunal Superior de Justicia o el Tribunal Supremo en la instrucción de la investigación sobre una trama de corrupción vinculada al PP, supuestamente dirigida por Francisco Correa, en la que se han visto involucrados altos cargos populares. Para ello la sala oirá también al ministerio público y a los representantes de los imputados. Éstos son el presidente Francisco Camps -al que defiende el letrado Javier Boix, el mismo que defiende a Carlos Fabra, presidente de la Diputación de Castellón-; Ricardo Costa, secretario general del PP valenciano; Víctor Campos, ex vicepresidente de la Generalitat, y Rafael Betoret, ex jefe de gabinete de la Consejería de Turismo con Milagrosa Martínez. Los cuatro, de acuerdo con la investigación del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, habrían recibido regalos de trajes pagados por empresas de la trama de corrupción.
El Juzgado Central de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional remitió el caso al TSJ el 5 de marzo, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía General del Estado, que consideró que la implicación de dos aforados valencianos obligaba a que el tribunal autonómico se hiciera cargo. A partir del 16 de marzo la sala de lo Civil y Penal del TSJ comenzó a recibir la documentación de la causa, recogida en más de 30 tomos y 15.000 folios.
La Audiencia Nacional envió, junto con la exposición razonada, una pieza separada y una copia de todas las investigaciones realizadas hasta entonces en la causa principal. Todo ello afectado de secreto sumarial a petición de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada.
La sala entiende que el secreto no debe mantenerse respecto a las actuaciones de los aforados valencianos porque "han resultado de público conocimiento" antes de llegar a su poder "y han sido conocidas en su totalidad por los propios interesados".
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