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La Audiencia rechaza la acumulación de las dos causas abiertas a Fabra

María Fabra

La Audiencia de Castellón ha rechazado la acumulación de las dos causas abiertas contra el presidente de la Diputación, Carlos Fabra, en los juzgados de Nules. Revoca así la decisión del propio juzgado de unir el caso por la posible comisión de varios presuntos delitos contra la Administración pública y fraude fiscal, abierto en el número 1, con la causa en por presuntos delitos de falsificación de documentos, que se instruye en el 2. La primera causa investiga si Fabra medió ante la Administración pública para acelerar autorizaciones para la fabricación de productos fitosanitarios y si cobró por sus gestiones. Además, instruye las diligencias tras la denuncia de la Agencia Tributaria, que le acusó de fraude fiscal. El juzgado número 2 investiga si los informes que se presentaron ante el Ministerio de Agricultura y que sirvieron para la autorización de los productos fitosanitarios fueron falsificados.

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La Audiencia considera que no existe "analogía" entre unos hechos y otros y considera que "no es suficiente" que "los principales y posibles intervinientes en unos y otros hechos podrían ser los mismos", como esgrimía el fiscal anticorrupción, que solicitó la acumulación de ambas causas.

La causa del juzgado número 2 se inició después de que Vicente Vilar, el empresario que acusó a Carlos Fabra de cobrarle "cantidades millonarias a cambio de favores políticos", denunciara que los informes presentados para solicitar las autorizaciones de productos fitosanitarios llevaban firmas y sellos falsos. Las solicitudes fueron formuladas en algunos casos por la empresa Artemis 2000, de la que eran socias la ex mujer de Vilar y la ex mujer de Fabra. Vilar aseguró que Carlos Fabra estaba al tanto de estas falsificaciones e incluso que el propio presidente de la Diputación, a través de su chófer, facilitó alguno de los sellos de caucho con los que se firmaron los informes. Fabra lo negó, pero la juez abrió diligencias y le imputó.

Pese a la relación entre ambos casos, la Audiencia dice que son "hechos diferentes con imputaciones distintas, sin coincidencia de sujetos en su caso y sin que aparezca, ni se vislumbre, que ni siquiera se ha mencionado la existencia de indicios de concierto para la perpetración de los hechos".

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