La juez atribuye a Fabra un delito de falsedad castigado con hasta seis años de cárcel
Es el primer paso para juzgar al presidente de la Diputación Provincial de Castellón
Tras cinco años de investigación judicial, María José Calvo, juez sustituta del juzgado de Nules, ha dictado este lunes un auto de incoación de procedimiento abreviado en relación con la falsificación de documentación para la comercialización de plaguicidas en España. La juez incluye entre los responsables de este acto al dirigente popular Carlos Fabra, presidente de la Diputación Provincial de Castellón. El PP no ha tomado ninguna medida contra Fabra pese a que, desde hace años, está imputado no sólo por este delito de falsificación, sino por otros relacionados con negociaciones prohibidas a funcionarios, tráfico de influencias y fraude a la Hacienda Pública.
Fabra, según el relato de la juez en el auto de incoación de procedimiento abreviado para la apertura de juicio oral, formaba parte de una trama que, "con ánimo de lucro, falsificó cuños, análisis químicos, sellos y firmas presentándolos, a sabiendas de su falsedad, ante el Ministerio de Agricultura con el fin de agilizar y obtener las autorizaciones" para vender "diversos plaguicidas procedentes de una empresa asiática que no reunían los requisitos legales para su comercialización en España".
Fabra, según la investigación judicial, llegó incluso a reunirse con altos dirigentes del Gobierno del PP para presionar en el ministerio de Agricultura de manera que se agilizarán las autorizaciones a favor de Naranjax, una empresa de comercialización de fitosanitarios propiedad de la entonces mujer de Fabra, del empresario Vicente Vilar y de su esposa. El relato de la juez señala que los sellos falsos fueron remitidos por Fabra al subdelegado del Gobierno en Castellón quién, a su vez, los hizo llegar a un alto funcionario del Ministerio de Agricultura.
La juez entiende que estos hechos pueden ser constitutivos de un delito de falsedad documental previsto y penado en el artículo 390 del código Penal ("Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad: 1.º Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial; 2.º Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error ").
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