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Una aproximación a los delitos en 2008

Los juzgados que ven asuntos penales suspenden uno de cada cuatro juicios

La incomparecencia de víctimas y testigos y la falta de medios, principales causas

El informe de la Fiscalía de Madrid señala un dato muy preocupante: un 36,9% de los juicios previstos en los 40 juzgados de lo penal de la Comunidad, los que enjuician delitos con penas de hasta cinco años de prisión, fueron suspendidos en 2008, con las consiguientes molestias y pérdida de tiempo para testigos y víctimas. El porcentaje de suspensiones no es baladí si se tiene en cuenta que estos juzgados señalaron en 2008 un total de 23.747 vistas. Y lo llamativo es que sólo llegaron a celebrarse 14.971, mientras que otros 8.776 fueron suspendidos (casi el 37% sobre los 23.747 señalados).

El porcentaje de suspensiones de juicios asciende al 21% en la Sección Penal de la Audiencia de Madrid, situada en la calle de Santiago de Compostela y donde se celebran los juicios por los delitos más graves que se cometen en la región (asesinatos, grandes atracos, narcotráfico a gran escala...). En sus 13 secciones penales (integrada cada una por cuatro magistrados) se celebraron en 2008 un total de 2.056 juicios. De ellos, fueron suspendidos 544, un 4% menos que en 2007. El número de sentencias de la audiencia provincial fue de 2.485 en 2008 (216 absolutorias). Las diferencias entre juicios celebrados y sentencias se debe a que en muchos casos el juicio se hizo a finales de 2007 y la sentencia se dio entrado 2008.

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El fiscal jefe de la Audiencia Provincial, Eduardo Esteban, no dio ayer una razón precisa de estas suspensiones. Se limitó a decir que hay escasez de recursos. En realidad, son muchos los motivos: incomparecencias de abogados o de testigos clave, que pese a estar citados no acuden al juicio. Los jueces no suelen adoptar medidas enérgicas la primera vez que falla un testigo. A la segunda, pueden ordenar a la policía que vaya a por él y le conduzcan a la vista. Pero si falla la primera vez el juez no tiene más remedio que suspender el juicio para no causar indefensión a las partes. Otras veces es porque alguna de las partes pide que se realice alguna prueba necesaria para conocer la implicación del reo o el estado psicológico de las víctimas. Lo normal es que estas pruebas se realicen durante la instrucción, pero no siempre es así. Los jueces suelen tener su primer contacto, a fondo, con la causa el mismo día del juicio, que es cuando los abogados, ya en estrados, ponen en evidencia las carencias del sumario.

El abogado Fernando Bejerano, del Observatorio de la Justicia del Colegio de Abogados de Madrid, explica: "Existe una gran causa genérica [de suspensión de juicios], no todas las partes se presentan el día del juicio".

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