Los jueces idean una treta para evitar que el Poder Judicial frene su huelga
Los decanos aconsejan convocar asambleas en lugar de juntas, cuyos acuerdos pueden ser anulados por los tribunales superiores de justicia o por el Consejo
Los jueces no piensan permitir que ningún órgano decida por ellos si tienen o no derecho a la huelga. Los decanos de las principales ciudades que se reunieron el pasado sábado en Madrid elaboraron un documento en el que guían a sus compañeros para evitar que sus máximos órganos gubernativos -las salas de gobierno de los tribunales superiores de justicia de cada comunidad autónoma y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en todo el país- intenten frenar la convocatoria del paro.
El argumentario, que todos los jueces y magistrados han recibido en su correo electrónico corporativo, aconseja convocar asambleas posteriores a las juntas de jueces que se reunirán el próximo 21 de enero en las que, en principio, estaba previsto votar la huelga. Así sortearían el control de los tribunales superiores y del Consejo, competentes para anular los acuerdos de las juntas.
El documento admite dudas interpretativas sobre la convocatoria
El sistema para esquivar a los órganos de gobierno está previsto únicamente para el caso en que esas juntas tengan previsto fijar la fecha de su movilización para el próximo 18 de febrero, una posibilidad propuesta por los jueces de Extremadura, Murcia y Zamora, además de al menos otros 255 que, hasta el pasado lunes, habían apoyado a título personal y con nombres y apellidos esa iniciativa.
Las cuatro asociaciones de jueces y magistrados, en su encuentro del pasado lunes, acordaron organizar un acto reivindicativo para el próximo 18 de febrero y, en caso de que el Gobierno y el Parlamento no atiendan sus reivindicaciones, convocarían la huelga para el 26 de junio.
El documento aprobado por los decanos recomienda para ese caso "realizar una convocatoria diferenciada para la celebración de una asamblea de jueces y magistrados a continuación de la junta o reunión provincial o autonómica". Esa segunda reunión pretende, en primer lugar, "evitar tentaciones de un eventual control de legalidad de la convocatoria o adhesión a la huelga por parte de los órganos superiores de gobierno del Poder Judicial", es decir, las salas de gobierno y el Consejo.
Los acuerdos de las juntas de jueces se envían a los tribunales superiores, cuyas salas de gobierno, el máximo órgano administrativo del Poder Judicial en cada comunidad, controlan si se ajustan o no a la ley. Así pues, una convocatoria de huelga por una junta podría en teoría ser revisada e incluso anulada por una sala de gobierno que considerara que adoptar esa decisión no se encuentra entre sus atribuciones.
Las competencias de estas juntas, según la Ley del Poder Judicial, son "proponer las normas de reparto" de asuntos en los diferentes juzgados, "unificar criterios y prácticas" y "tratar asuntos comunes o sobre los que estimaren conveniente elevar exposición a la sala de gobierno correspondiente o al Consejo General del Poder Judicial". Lo mismo ocurre con el Consejo que, como órgano superior a las salas de gobierno, puede también corregir o rechazar las decisiones de las juntas.
El Consejo del Poder Judicial, a través de su portavoz, Gabriela Bravo, aseguró el miércoles que no corresponde al Consejo, sino a los tribunales o al legislador determinar si los jueces tienen restringido el derecho fundamental a la huelga.
El segundo objetivo previsto por el plan de los decanos es "salvar las dudas interpretativas sobre la legitimación de las juntas y reuniones reglamentarias para convocar o adherirse a una huelga" que plantea el decreto ley que, desde 1977, regula ese derecho fundamental. El artículo 3.2 de esa norma preconstitucional establece que sólo están legitimados para declararla "los trabajadores, a través de sus representantes" por "decisión mayoritaria" de estos últimos. El problema es que las juntas no son organismos de representación laboral como, por ejemplo, los comités de empresa, sino órganos administrativos.
Esas dudas sobre si las juntas pueden organizar la protesta "quedarían definitivamente resueltas si dichos acuerdos se adoptan en asamblea específicamente convocada al efecto", según el argumentario redactado por los jueces decanos. Se trataría de organizar una suerte de "asamblea de trabajadores" que, según la normativa laboral, sí sería competente para convocar el paro.
A la reunión del pasado sábado en la que se acordó este plan de reivindicaciones acudieron los decanos de Madrid, Zaragoza, Valencia, Alicante, Murcia, Santiago de Compostela, Cáceres, Palencia, Catarroja (Valencia), Leganés, Móstoles y Getafe (Madrid). Los de Valencia y Zaragoza, junto con los de Barcelona, Sevilla, Málaga, Bilbao y Palma de Mallorca, suscribieron el miércoles otro documento en el que se adhirieron al plan de movilizaciones acordado por las asociaciones de jueces, que plantea posponer la huelga hasta el mes de junio.
El texto, que indica muy pormenorizadamente los pasos a seguir el día 21, da idea de la organización con la que se prepara la movilización. El plan se basa en los estudios de un grupo de trabajo creado al efecto por la junta de jueces de Murcia, una de las primeras en proponer la huelga para el próximo 18 de febrero.
Propuesta de paro del 18 de febrero
- Los jueces de Extremadura, Murcia y Zamora, así como otros 255, propondrán en las juntas del próximo 21 de enero la convocatoria de la huelga para el 18 de febrero. La iniciativa, secundada por el autodenominado Movimiento 8 de octubre -que ha abierto un debate en el correo corporativo del Consejo General del Poder Judicial y distribuye un documento para recabar nuevas adhesiones- la apoyan, según fuentes judiciales, unos 500 jueces y magistrados de los aproximadamente 4.400 que hay en España.
Las asociaciones esperan a junio
- La Comisión Interasociativa Permanente, que agrupa a la Asociación Profesional de la Magistratura (conservadora), Jueces para la Democracia (progresista), Francisco de Vitoria (moderada) y Foro Judicial Independiente (moderada), elaboró una propuesta que convoca un acto reivindicativo para el 18 de febrero y pospone la huelga al 26 de junio "si no hay respuestas satisfactorias" a sus reivindicaciones. Varios de los decanos que aprobaron el argumentario se han adherido a esta iniciativa que da más tiempo al Gobierno.
PREAVISO Y SERVICIOS MÍNIMOS PARA BERMEJO Y DÍVAR
La normativa de huelga atribuye a "la autoridad gubernativa", en este caso el ministro de Justicia y el presidente del CGPJ, la fijación de servicios mínimos. Los trabajadores suelen recurrirlos y son los jueces de lo Social los que tienen la última palabra. Los servicios mínimos están recogidos en el formulario de convocatoria y preaviso distribuido por los decanos.
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