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Análisis:
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

La rótula y el largo de las faldas

Sé bien -por cultura, formación, cargo que hoy ocupo, y los que a lo largo de mi vida he ocupado-, que no se debe opinar mucho de las sentencias judiciales; éstas se acatan y punto; y así es, ha sido y debe seguir siendo, sobre todo lo de acatar, aunque opinar es ya más discutible: de todo se puede, y se debe, discutir, siempre que se observen las reglas del juego que nos hemos dado, que no son otras que las que marcan la Constitución y las leyes que la desarrollan. Todo este preámbulo viene a cuento de lo que a continuación comento: algunas sentencias dictadas por algunos jueces -y juezas, que también las hay, y que ya no son las mujeres del juez- que, desgraciadamente, de vez en cuando, nos escandalizan.

Comienzo por una sentencia que a muchos puede parecerles menor, pero que para mí, y para lo que debe ser la sociedad en igualdad que la Constitución señala, es muy significativa: la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre el uniforme de las enfermeras de una clínica sanitaria de Cádiz. Ya escribí sobre ello y expresé lo que pensaba, entre otras muchas cosas decía: "¿Cómo es posible que a estas alturas haya mujeres trabajadoras, enfermeras, por ejemplo (para más escarnio), que son obligadas por la empresa a llevar uniforme con falda corta, cofia y amplio escote?"; esta decisión empresarial, discutida y razonablemente protestada, fue recurrida por un sindicato de esa clínica y el tribunal sentenciador -nada más y nada menos que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía-, se descuelga con una sentencia que dice: "No se puede afirmar razonablemente, en el contexto y circunstancias laborales en las que ha sido tomada la medida empresarial, que el uso de una falda, que según la testifical practicada es por debajo de la rótula... viole los derechos al honor, la intimidad y la propia imagen".

Su sola lectura me produce escalofríos, y es mucho más larga, lógicamente, pero es increíble que haya personas -hombres o mujeres, en este caso más de lo primero que de lo segundo- que a estas alturas de la vida, del esfuerzo realizado por generaciones y generaciones de mujeres, sigan opinando sobre si nuestra intimidad y honor se mide por el largo de la falda y la rótula, y añade "que no es discriminatorio la imposición a las enfermeras de vestir cofia, delantal y falda"; léase bien lo que estoy escribiendo, a las enfermeras, no a los enfermeros, que, por supuesto no tienen porque llevar semejante vestimenta para cumplir bien su trabajo; pues bien esta sentencia, lo diga quien lo diga, y lo afirmo con todo los respetos, contradice la Constitución, la ley orgánica de igualdad entre mujeres y hombres, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y el sentido común que es -como decía mi padre, quien, por cierto, era juez- el mejor de los sentidos.

Otro paso atrás, otra vez tenemos que volver a empezar, recurrir esta sentencia, a ver si ahora tenemos más suerte, escribir en contra de estos criterios, hasta que logremos de nuevo convencer de que la misión de las mujeres no es la "agradar", sino la de ser eficaces en el trabajo, y que para ello el uniforme tiene que poder ser igual que el de los hombres, y que ya está bien, que no tiene gracia, y que está en juego la vida -¡sí la vida!- de muchas mujeres; o todos y todas iguales o rompemos la baraja, y le decimos a las mujeres, juezas y abogadas, por ejemplo, que no se pongan esas horribles togas negras, que tanto las "afean"; que el Consejo General del Poder Judicial, hoy afortunadamente paritario -gracias a esa ley que estos jueces no comprenden- declare que estamos más "monas" con una toga con un largo que no esté "por debajo de la rotula".

Y reitero, no son cosas menores; todo tiene que ver con lo mismo: estos jueces y juezas que dictan sentencias como ésta, o como la que condena a una madre a un año de alejamiento de su hijo por una bofetada mal dada, sin duda, y que no ejecutan sentencias cuando deben hacerlo, o que discuten las leyes que aprueban los parlamentos, que se ponen en huelga y tantas y tantas otras cosas; y me duele en el alma decir esto, porque sé que todas las generalizaciones son malas y esta mía lo es, pero no tenemos más remedio que discutir sentencias aparentemente inocuas como ésta que comento que, aunque no les parezca, tiene que ver con la violencia que se ejerce sobre las mujeres, porque tenemos que ser algo más que objetos, y ser consideradas sujetos con derechos y no solo con "la obligación de agradar" aunque lo diga el empresario. ¡Ni mucho menos!

Y como he escrito en repetidas ocasiones, "el universo de la discriminación contra las mujeres es tan variopinto, tan intenso y tan extenso, que resulta, en contra de lo que en ocasiones se lee, difícil de abarcar. Ser conocedoras del discurso de la igualdad entre mujeres y hombres es una especialidad de la que pocas personas pueden ser consideradas expertas. Aparentemente casi todo el mundo sabe de ello, y, sin embargo, pocas conocen de verdad el porqué esto ocurre". Parece evidente que el TSJA no es precisamente experto en asuntos de igualdad de género, y lo siento.

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Amparo Rubiales es doctora en Derecho y abogada.

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