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El Poder Judicial avala la reforma legal para los desahucios rápidos

Los morosos serán expulsados de las casas en 30 días tras la sentencia

El Consejo del Poder Judicial avaló durante su sesión plenaria de ayer el anteproyecto de ley ideado para el fomento del alquiler de viviendas, que incorpora los llamados desahucios exprés. El objetivo de esta iniciativa legal es agilizar la salida de los inquilinos que incumplen sus contratos de alquiler y no pagan la renta. La modificación legal impone a los jueces la obligación de lanzar (expulsar) a un inquilino moroso en los 30 días siguientes a la emisión y publicación de la sentencia.

La diferencia respecto a la situación actual es que ahora, desde que un arrendador inicia un proceso de desahucio y hasta que logra que el juez expulse al moroso, pueden transcurrir meses. Incluso más de un año. Depende de la carga de trabajo del juzgado y de las trabas jurídicas que oponga el inquilino durante el proceso.

Otra de las novedades que introduce el anteproyecto es que los arrendadores, cuando así lo hagan constar en el contrato, podrán recuperar sus viviendas sin prorrogar la estancia del inquilino si acreditan que necesitan la casa para algún familiar, siempre que éste se halle dentro del primer grado de consanguinidad (hijos, padres...).

El Poder Judicial, en una ponencia de la vocal Margarita Uría, ha avalado la reforma legal, si bien hace hincapié en la necesidad de que la nueva normal extreme las garantías para que los afectados no vean mermado su derecho a ser avisados del desahucio.

Localizar al que no paga

La reforma elimina algunos de los trámites que, a juicio del legislador, contribuyen a las demoras que rodean ahora los procesos tendentes a expulsar a un inquilino que no paga el alquiler. Actualmente, ocurre lo siguiente: el arrendatario, una vez obtenida la sentencia, se ve obligado a acudir de nuevo al juzgado y pedirle, en un procedimiento aparte, que ejecute ese fallo y expulse al moroso. Pero para echarle de la vivienda, el juez tiene que comunicarle la decisión. La dificultad de localizar a los afectados suele dilatar el proceso. El anteproyecto permite dar prioridad a estos juicios y, además, si el afectado no es localizado, el juez podrá dar por cumplimentada la comunicación mediante un edicto en el tablón de anuncios del juzgado.

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Fuentes del Ministerio de Vivienda explicaron ayer que estas reformas legales son respetuosas con los derechos de las personas y que el objetivo de las mismas es fomentar el alquiler de casas y dar seguridad a los arrendatarios de que pueden recuperarlas con rapidez si se incumple el contrato.

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