Educación mantiene conciertos con once centros que segregan por sexo
La Junta decidirá el año que viene si les retira las subvenciones
La Consejería de Educación sufraga el funcionamiento de once centros que sólo admiten a alumnos de un sexo. Colegios concertados, pagados con dinero público, pero en los que no todos los padres pueden aspirar a escolarizar a su hijo. En cinco de ellos sólo pueden hacerlo los que quieran matricular a un niño, y en los otros seis, los que inscriban a una niña. Once excepciones a la premisa de que en la enseñanza pública y concertada son los padres los que escogen el centro en el quieren que estudien sus hijos y no los colegios los que seleccionan a los alumnos que ocupan sus aulas.
De estos once centros, cinco están en Sevilla: cuatro para chicas (Nuestra Señora de Lourdes, en Carmona, y Ángela Guerrero, Albaydar y Ribamar, en la capital) y uno para varones, Altair. En Córdoba hay dos masculinos (Ahlzahir, en la capital, y Torrealba, en Almodóvar del Río) y dos femeninos (Zalima, en la capital, y Yucatal, en Posadas). En Aguadulce (Almería) hay un concertado de FP que sólo admite a varones, el colegio Campomar, igual que El Soto, de Chauchina (Granada).
¿Debe el sistema público ofrecer esta opción para los padres que defienden la educación diferenciada para chicos y chicas o supone una práctica de discriminación por razón de sexo? El Tribunal Supremo se ha decantado por lo segundo. Según una sentencia dictada hace un mes, "el sistema de enseñanza mixta, en el caso de los centros concertados, es una manifestación o faceta más de esa competencia sobre la admisión del alumnado que corresponde a la Administración educativa que financia dichos centros".
La sentencia, que da la razón a un recurso interpuesto por Castilla la Mancha, contradice a la dictada en 2006 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que declaró nulas las órdenes de la Junta que prohibían la discriminación en la admisión de alumnos por razón de sexo. El Gobierno andaluz no recurrió.
Fuentes de la Consejería de Educación reconocen que el Supremo "ha abierto un nuevo escenario" al admitir lo que la Junta pidió en su día: poder exigir educación mixta a los concertados. No obstante, la Junta sostiene que, por el momento, no se ha planteado acogerse a la resolución del Supremo. Educación prefiere no abrir ahora un debate que, de todas formas, no podría dar frutos hasta el año que viene.
Los conciertos se renuevan cada cuatro años y el próximo curso (2008-2009) será el cuarto y último del ciclo vigente. En enero de 2009 se abrirá una nueva convocatoria a la que tienen que presentarse los centros que quieran renovar su concierto. Será entonces cuando Educación decidirá si, amparándose en el Supremo, exige a los concertados que segregan por sexo, la mayoría vinculados al Opus Dei, que se hagan mixtos.
"La sentencia no me tranquiliza lo más mínimo", reconoce Luis María Arto, director del colegio masculino Altair. Ubicado en el barrio de Su Eminencia de Sevilla, "periférico y humilde", la mayoría de los padres de este centro no podrían pagar un colegio privado, advierte su director. "Tenemos los mismos problemas de paro, drogadicción y familias desestructuradas que hay fuera". Arto confía en que la Junta tampoco les ponga en la disyuntiva de tener que inscribir a chicas. "Pensamos que el proceso de maduración mental de niños y niñas es distinto". En el mismo sentido se pronuncia Eduardo Caro, presidente en Málaga de la Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y Padres de Alumnos. "El sistema de la coeducación se sabe que es fracasado, pero hay zonas donde puede funcionar mejor y otras peor. Lo importante es que los colegios tengan libertad para decidir".
El TSJA avaló a los colegios
La Junta ya intentó acabar con la educación segregada financiada con dinero público, pero desistió a mitad de camino. Una orden de 1999 de la Consejería de Educación prohibió la discriminación en la escolarización por razón de sexo. Varios colegios segregados recurrieron la norma y el TSJA les dio la razón. Educación no recurrió la sentencia.
El alto tribunal andaluz basó su resolución en la LODE, la primera de las leyes orgánicas educativas, que prohíbe la discriminación por razones ideológicas, religiosas, morales o de raza, pero no dice nada sobre la discriminación por sexo. Según el TSJA no es "una mera omisión" sino "una manifiesta opción del Estado admitiendo centros de enseñanza separados para alumnos y alumnas".
Dos de los tres magistrados que firman esa sentencia son Victoriano Valpuesta y Enrique Gabaldón, los mismos que han dictaminado a favor de la objeción a Educación para la Ciudadanía y en contra de que la Junta limite el número de alumnos por aula. Según varias fuentes, ambos son miembros del Opus Dei, la organización religiosa que gestiona la mayoría de los centros concertados que segregan por sexo.
El argumento que defendió el TSJA, no obstante, queda ya caduco. Tanto por la sentencia del Supremo, como porque la actual Ley Orgánica de Educación (LOE), aunque no hace una referencia expresa a la incompatibilidad de los conciertos con la educación diferenciada sí que especifica que "en ningún caso" hará discriminación por razón de sexo.
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