Cinco años de condena para tres menores por quemar vivo a un hombre
El juez resalta las cara de "crueldad" de los jovenes en la grabación del crimen
No fue una broma. Ni un juego. Tampoco los tres menores querían darle sólo un susto a Antonio Joaquín Curiel, el hombre de 49 años que murió tras ser quemado vivo por estos chavales en octubre de 2007 en su casa de Lucena. Fue un asesinato planeado el día de antes por los tres y por una joven mayor de edad, que está a la espera de ser juzgada. El magistrado del Juzgado de Menores de Córdoba ha condenado a los tres chicos, que tenían entre 15 y 16 años cuando sucedieron los hechos, a cinco años de internamiento en régimen cerrado y a dos más de libertad vigilada. Los considera responsables de una falta de maltrato, un delito de asesinato y un delito contra la integridad moral. La ley que regula la responsabilidad penal del menor fija una pena máxima de internamiento de cinco años para los individuos que tuvieran 14 o 15 años cuando se cometieran los hechos y de hasta ocho años para los que tuvieran 16 o 17.
El juez resalta en su sentencia como los acusados, que grabaron su fechoría con un móvil, planearon asesinar a Curiel y se aprovecharon de "la inferioridad" de la víctima, que padecía una deficiencia física que le impedía andar bien. El fallo también señala como los "tres menores de manera reiterada proferían insultos crueles, vejatorios y humillantes a la víctima, golpeándole constantemente [...] infligiendo un trato deshumanizado".
Durante el juicio, la defensa intentó demostrar que los menores sólo pretendían dar un susto o gastarle una broma a la víctima y que sólo hicieron un fuego en la entrada de la vivienda que, desgraciadamente, se acabó extendiendo hasta el hombre. El juez Luis Rabasa intenta desmontar estos argumentos. "El fuego necesariamente se tuvo que aplicar sobre la víctima", sostiene basándose en los informes policiales. Y "si vieron o pergeñaron que el fuego alcanzó al cuerpo de la víctima, debieron hacer lo posible para que no se muriera, y en todo caso hubieran guardado la grabación del móvil, única vía que tenían para justificar sus actos". Pero no conservaron esa filmación porque "el móvil mostraba una cara bien distinta, plena de crueldad e indolencia". En su sentencia, que todavía puede ser recurrida, el magistrado asume prácticamente íntegro el relato que presentó la Fiscalía en el juicio. La víctima vivía en un bajo sin puerta con otro compañero. La tarde anterior al asesinato, los tres chicos y la joven volvieron a agredir e insultar a Curiel en un parque de Lucena.
Tras este incidente, los implicados quedaron con la joven en que se verían la mañana siguiente en el domicilio de ella para "darle un escarmiento" ya que el hombre había insultado a la madre de la chica, que había fallecido recientemente. Y así fue. A la mañana siguiente decidieron "acabar ese mismo día con su vida".
La joven, que fue quien "sugirió la posibilidad" de rociar con líquido disolvente a la víctima y se quedó en su domicilio. Uno de los chicos aguardó en la entrada de la casa de la víctima, otro roció con el líquido al hombre y le prendió fuego y el tercero grabó todo con el teléfono. Luego, según el juez, acudieron al domicilio de la chica, le enseñaron el video y le dijeron: "Ya está, ya lo hemos matado, somos asesinos".
Los motivos del juez en la sentencia
- Delito de asesinato. Los acusados "aprovechándose o buscando la inferioridad que resulta de la de la inhabilitación física de la víctima" acabaron con la vida del hombre, algo que habían "planeado de antemano".
- Delito contra la integridad moral. "De manera reiterada proferían insultos crueles, vejatorios y humillantes a la víctima, golpeándole constantemente (...) infligiendo un trato deshumanizado".
- Falta por maltrato: "Los tres menores (...) golpearon al perjudicado"
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