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Nuevo plan por el riesgo de contaminación en el litoral

El Consejo de Gobierno aprobó ayer el Plan de Emergencia ante Riesgo de Contaminación del litoral de Andalucía (PECLA), un dispositivo que cubre 1.100 kilómetros de litoral correspondientes a 75 municipios de las provincias de Huelva, Cádiz, Málaga, Granada, Almería y Sevilla.

El plan recoge fundamentalmente las operaciones de emergencia que deben desarrollarse en tierra, sin detrimento de la necesaria cooperación e interrelación con las actuaciones marítimas (que son competencia la Administración central).

Según explicó la consejera de Gobernación, Clara Aguilera, se establecen los procedimientos de actuación y de coordinación de los recursos humanos y materiales ante incidentes medioambientales en las costas de la comunidad autónoma, especialmente en las zonas de "alto" riesgo, como las zonas de gran actividad portuaria o el Estrecho de Gibraltar.

A punto de cumplirse los diez meses desde que encalló en aguas de Gibraltar el buque chatarrero New Flame, la consejera ha comentado con este plan "no hubiera cambiado nada" en relación a las medidas que dieron tanto la Junta como el Estado, de las que ha dicho que han estado "coordinadas".

También está pensado para actuar en zonas riesgos específicos derivados de su importante actividad económica y de la existencia de enclaves de alto valor ecológico, así como de numerosos núcleos de población, incluidos los de la ribera del Guadalquivir.

Estudio de mareas

El plan aprobado por la Junta es el resultado de un análisis exhaustivo de la costa andaluza y de sus zonas más vulnerables, ya que se han examinado 30 kilómetros del litoral y se ha incorporado el estudio de las mareas, lo que -en opinión de la consejera- permitirá determinar las consecuencias de los posibles incidentes sobre las personas, los bienes y el medio ambiente y establecer una "mejor" intervención.

Además de "potenciar" la coordinación entre administraciones, el dispositivo de emergencia distingue entre las situaciones causadas por accidentes marítimos y aquellas otras originadas en puertos, terminales e industrias del litoral o instalaciones en mar adentro. En ambos casos se incluyen, entre otras, medidas de limpieza de las zonas afectadas, recogida y transporte de residuos, evaluación de daños medioambientales y recuperación ecológica.

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