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Denunciada en Crevillent una firma ruidosa sin licencia

Carmelo Mas es un crevillentino de 78 años que vive en una casa de campo situada en la partida de Cachapets. A escasos ocho metros de su casa se instaló hace 20 años una empresa de hilaturas y, según Carmelo, desde entonces no han parado las molestias. Este vecino se queja del ruido y las vibraciones que producen las máquinas y también de los malos olores y los desperdicios que encuentra en las inmediaciones de la nave industrial.

Denunció al Ayuntamiento de Crevillent, con el popular César Augusto Asencio como alcalde, ante el juzgado de lo contencioso administrativo y la sentencia le dio la razón, por lo que se decretó el cese de la actividad. Sin embargo, como la empresa continuó abierta, Carmelo lo denunció al Síndic de Greuges, que también reconoció que la nave está en suelo no urbanizable y que no se puede legalizar porque no puede tener licencia de obras. Normalmente, habitan la casa su mujer y él pero en verano también están su hija y tres nietos que no pueden dormir debido al ruido.

Carmelo Mas está desesperado y lamenta que ni el propietario de la empresa ni el Ayuntamiento quieran entender su situación. El terreno sobre el que se levanta su vivienda es de su familia desde hace un siglo y no quiere venderlo ni vivir en otro sitio: "Yo no quiero dinero ni nada, sólo que me dejen vivir tranquilo, pero con la fábrica tan cerca de mi casa no se puede estar", se lamenta. Las vibraciones que producen las máquinas hacen que "los platos se muevan a sus anchas por encima de la mesa", aseguró.

Añade que no quieren que se despida a nadie ni perjudicar el negocio, pero pide al propietario de la empresa que la traslade a otro lugar autorizado y que no ocasiones molestias a los vecinos.

El juzgado estimó el recurso presentado por él y la sentencia afirma que "se reconoce el derecho al cese de la actividad industrial". En el mismo sentido dictaminó el Síndic, que informó al interesado y al Ayuntamiento de que "se deberá decretar, previa audiencia al interesado, la clausura y prohibición de usos y actividades que se están realizando" y especificaba además que "no se puede otorgar licencia de obra o actividad y apertura para ejercer una actividad industrial en suelo no urbanizable" como es el caso. La empresa tiene, por tanto, una sentencia que le obliga al cierre y también al derribo, aunque en este caso el propietario la ha recurrido.

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