El fiscal del Tribunal Supremo defiende a ultranza la sentencia del 11-M
La Fiscalía del Tribunal Supremo hizo público ayer su informe a los recursos de casación del proceso del 11-M, en el que hace una defensa a ultranza de la sentencia de la Audiencia Nacional sobre el 11-M. La Fiscalía sólo apoya parcialmente los recursos que coinciden con el suyo propio en condenar a Rabei Osmán el Sayed, alias El Egipcio, por un delito de pertenencia a banda armada. A lo largo de los 466 folios de su informe, el fiscal defiende los argumentos de la sentencia que impugnan las acusaciones y apoya un par de correcciones técnicas para los condenados Hamid Ahmidan y Hassan el Haski.
El informe subraya que las indemnizaciones de la sentencia "superan, con mucho, en casi todos los supuestos", el baremo de la Ley sobre Responsabilidad Civil (que establece los resarcimientos según el daño sufrido), si bien corrige los módulos indemnizatorios en que fueron incluidas siete de las víctimas, todas ellas representadas por la asociación de Pilar Manjón.
Respecto a Rabei Osmán el Sayed, El Egipcio, el fiscal apoya que al supuesto cerebro de los atentados fue absuelto indebidamente, porque un tribunal de Milán le había condenado por un delito equivalente al de pertenencia a banda armada.
Sin embargo, el fiscal impugna los recursos de los que le consideran autor de asesinatos y estragos: "Que una persona avistara en los primeros días del mes de marzo al procesado en Morata de Tajuña o que en una conversación telefónica éste dijera que estuvo en el mes tres en España, no constituyen en modo alguno prueba de cargo de su participación". El fiscal pide 10 años de prisión para El Egipcio.
Respecto de Abdelmajid Bouchar, el informe considera que su absolución de los delitos de homicidios terroristas y estragos fue "razonable". Sobre Bouchar, la Fiscalía del Supremo se dividió hasta el punto que la junta de fiscales votó esa decisión por un estrecho margen de 9 a 7. Los argumentos de que todos los terroristas del piso de Leganés fueron declarados autores de los atentados, excepto él, porque consiguió huir corriendo al bajar la basura y percatarse de la presencia policial, son desechados en el informe, que se centra en las dudas expresadas por la sentencia.
Así, para la Fiscalía del Supremo, Bouchar no sólo no fue reconocido por una testigo en el lugar de los hechos, sino que tampoco existen pruebas convincentes de que realizara "actos objetivos de ejecución de los atentados". "La mera presencia de huellas genéticas y dactilares en la finca de Chinchón, -prosigue el informe-, así como su condición de habitante del piso de Leganés y su relación con los otros coautores no acredita esta participación, sino su pertenencia a grupo yihadista y tenencia de explosivos". Bouchar fue condenado a 18 años de prisión de los 38.950 que le pidió la fiscal Olga Sánchez en la Audiencia.
Respecto al confidente Rafá Zouhier, el fiscal sostiene que no conocía "ni siquiera en términos generales, la acción criminal concreta que iban a llevar aquéllos a quienes facilita el acceso a la dinamita". Por ello, se alinea con la sentencia que le impuso 10 años de prisión, por más que reconoce que Zouhier conocía "el radicalismo de Jamal Ahmidan, El Chino, y de su banda, y sus tendencias radicales islamistas, así como que el explosivo que consiguiera a través de su mediación podía ser empleado en acciones terroristas, en general".
En apoyo de las defensas, el fiscal pide que se anule a Hamid Ahmidan una multa de cuatro millones de euros por no existir valoración de la droga encontrada en su domicilio. A Hassan el Haski le corrige una pena de 15 años impuesta erróneamente, porque no debía superar los 14.
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