"Lo ordena el juez, no el Gobierno"
El secretario de Estado para el Deporte y presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD), Jaime Lissavetzky, estaba ayer en Valladolid, donde presentó el proyecto electoral deportivo del PSOE, y no quiso comentar el auto de la Audiencia Nacional que deniega la petición de la Federación Española de Fútbol. Otras fuentes del CSD, sin embargo, transmitieron dos reflexiones: una, que, una vez más, la justicia le quita la razón a Ángel María Villar; otra, que la Audiencia Nacional "obliga" a Villar a acatar la orden ministerial y a poner en marcha el proceso electoral en el primer trimestre de este año. "Ya no es que se lo ordene el Gobierno", explicaron dichas fuentes; "es que se lo ordena la Audiencia".
Entienden en el CSD que así se desactiva de manera efectiva la amenaza del presidente de la FIFA, Joseph Blatter, de expulsar a la selección española de todo tipo de competiciones por la "injerencia" gubernamental en una organización "privada" como la federación española.
"Es que, además, como expone el juez en su auto, en los propios estatutos de la federación figura que ésta se inscribe en el ordenamiento jurídico español", añaden en el CSD; "y, si se hubiera concedido la suspensión cautelar de la orden ministerial, se le habría aplicado la orden de 2004, que es muy similar y que sirvió de base a las anteriores elecciones, que no fueron impugnadas".
Aunque la Federación Española de Fútbol es de las que menos dependen de las subvenciones públicas para su funcionamiento -tan sólo un 6% de su presupuesto procede de ellas-, argumento que su presidente desde 1988 y vicepresidente de la UEFA y la FIFA desde 2002, Ángel María Villar, utiliza como definitivo para avalar el carácter privado de su federación, ésta también ostenta el monopolio de gestionar la selección nacional, en cuya camiseta figura el escudo de España y cuyos ingresos, vía patrocinios, suponen prácticamente más del 90% del presupuesto federativo.
De todas formas, el debate sobre el carácter público o privado de la federación "y la incidencia de la orden ministerial impugnada sobre el derecho de asociación", precisa el juez en su auto, será el objeto principal de la sentencia que ponga fin al recurso.
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