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El TSJ paraliza la sanción del Consell a Acció Cultural

La Generalitat ha recibido un revés judicial en su progresión contra las emisiones de TV-3 en la Comunidad Valenciana. El Consell sancionó a Acció Cultural del País Valencià (ACPV), entidad propietaria de los repetidores que emiten la señal de la televisión catalana en territorio valenciano, con 300.000 euros por emitir sin la licencia oportuna, además de ordenar el cese inmediato de dichas emisiones. ACPV recurrió el pasado 7 de enero, después de que la Generalitat desestimara las alegaciones, al Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

El tribunal ha estimado la suspensión de la sanción. Entiende la sala de Lo Contencioso-Administrativo que procede la suspensión cautelar hasta que se resuelva el fondo de la cuestión, es decir, hasta que dicte sentencia sobre si la Generalitat es o no competente para decidir sobre la emisión o no de TV-3 teniendo en cuenta que lo hace por una frecuencia digital aún no adjudicada por el ministerio, razón por la que ACPV considera que el Consell ha invadido competencias estatales y está actuando por encima de lo que la ley le permite. Esta suspensión cautelar no es firme, la decisión permite recurso.

El TSJ no se ha pronunciado sobre la solicitud de paralización cautelar de la orden de cese de las emisiones porque ya desestimó ese asunto cuando ACPV se lo planteó el pasado año y emplazó a una respuesta a la propia sentencia.

ACPV tiene tres repetidores en la Comunidad Valenciana, uno de ellos, el de La Carrasqueta, en Alicante, ya no emite por expresa orden de un juzgado de primera instancia. Sin embargo, en Valencia y Castellón, los pronunciamientos judiciales han sido, de momento, en sentido contrario.

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