La Audiencia de A Coruña condena a 20 años y 7 meses al violador de Eirís
De nada le ha servido a Roberto F.A. reconocer un intento de agresión sexual y negar las tres violaciones que se le imputaban, ni acusar a la policía de haber obtenido mediante presiones su autoinculpación. La Audiencia Provincial de A Coruña no ha creído la versión del reo y lo ha condenado a 20 años y siete meses de cárcel (no a 32, como pedía el fiscal) por haber obligado a dos mujeres, una de ellas, menor de edad, a practicarle una felación, y haberlo intentado con otras dos.
El ahora condenado, de 39 años, cometió los delitos por la noche y en lugares apartados de los barrios coruñeses de Eirís y Someso entre abril de 2006 y el 2 de febrero de este año, fecha en que fue retenido y entregado a la Policía por dos hombres que acudieron a auxiliar a la última víctima, que consiguió repeler la agresión.
La sentencia precisa que, según se desprende de las declaraciones del propio acusado ante la policía, que desmintió luego en juicio, y de sus víctimas, el hombre las asaltaba por la espalda, les tapaba la boca y las obligaba a arrodillarse frente a él para hacerle una felación. Las cuatro testigos aseguraron que su agresor hablaba en voz muy baja y llevaba una gorra que le tapaba parcialmente el rostro, razón por la cual discreparon sobre el acento del procesado y no pudieron identificarlo por completo en la rueda de reconocimiento.
Frente a la versión del imputado, que denunció haber sido presionado en su declaración en comisaría, el fallo judicial esgrime que "en modo alguno son creíbles las razones que el acusado aduce para su primera autoinculpación". Por el contrario, el tribunal recuerda que la abogada de oficio que asistió al detenido no formuló "protesta alguna" sobre esa supuesta extorsión policial, y los dos agentes que instruyeron el atestado aseguraron que el hombre había confesado de forma espontánea y que no lo habían amenazado con registrar su domicilio en busca de unas pruebas (un chándal azul y una gorra roja) que no hubiesen servido para identificarlo como autor de las agresiones.
Detalles muy concretos
Además, la sentencia subraya que, en su declaración ante la Policía, el detenido había reconocido algunos "hechos en concreto", como la descripción física de una de las víctimas, la postura en que las mandó colocar y los actos realizados con cada una de ellas, que no se ajustan a un modelo de respuesta afirmativa o negativa y confirman "la espontaneidad de la declaración y la ausencia de inducción policial".
Como último motivo de convicción, el tribunal menciona el hecho de que el procesado hubiese aportado detalles ante los agentes que le tomaron declaración "qué sólo puede dar quien los ha protagonizado", como lo que ordenó hacerle a dos de las mujeres, la apropiación del dinero y el móvil de una de ellas y el mordisco que le dio en el pene una tercera, que logró así poner en fuga al agresor y frustrar la violación.
Por lo demás, el fallo admite como atenuante el trastorno de la personalidad que padece Roberto F.A., "que le dificulta, en cierto modo, su autocontrol y voluntad". Además, tiene en cuenta que el acusado indemnizó a su última víctima con 6.100 euros, aunque deberá pagar a las otras tres 24.606 euros por los daños morales causados.
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