El fiscal recurre el archivo del Yak en defensa de la confianza ciudadana
"En los documentos extendidos por un funcionario público, el bien protegido es la confianza que los ciudadanos tienen derecho a depositar en tales documentos. Lo que, desde luego, no puede confundirse con perjuicio económico (salvando el frecuente concurso de estos delitos con los delitos patrimoniales). Se protege tanto la verdad como la función que el documento desempeña en la vida jurídica o en las relaciones sociales". Éste es el principal argumento esgrimido por el fiscal de la Audiencia Nacional, Fernando Burgos, para oponerse al archivo de las diligencias sobre la falsa identificación de 30 de los 62 cadáveres de las víctimas del accidente del Yak-42, en mayo de 2003.
Frente a la opinión del juez Fernando Grande-Marlaska, quien consideró que la atribución aleatoria y errónea de identidades era una conducta "grave", pero irrelevante e inocua desde el punto de vista penal, el fiscal estima que los militares enviados por el entonces ministro de Defensa, Federico Trillo-Figueroa, a Turquía para repatriar los cadáveres incurrieron en un delito de falsedad documental, a provocar una alteración en los archivos de los cementerios, "con todos los efectos que ello puede conllevar, como exámenes genéticos de relevancia en derecho de familia o derecho sucesorio, entre otros".
Por eso, recurre ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para que anule el archivo y eleve las diligencias a procedimiento abreviado, fase previa al juicio. "La identificación inventada de 30 restos o cadáveres no es una cuestión superflua", argumenta, "sino que tiene una proyección jurídica civil cierta, no meramente sentimental".
Crítica de las familias
Por su parte, la asociación que agrupa a la mayoría de las familias también ha recurrido el archivo de la investigación, no sin lamentar que Grande-Marlaska se haya "constituido en juzgador sin celebrar juicio y sin practicar personalmente ninguna diligencia de prueba" desde que se hizo cargo del juzgado central de instrucción número 3.
Los letrados de la asociación coinciden con el fiscal en que "las consecuencias que se derivan de las falsas identificaciones no son sólo daños morales", sino que tienen consecuencias jurídicas muy relevantes, de acuerdo con "la normativa del Registro Civil, la jurisprudencia y el sentido común".
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