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Columna
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Robo en los juzgados

Llevo alguna semana escribiendo sobre cuestiones judiciales. Determinadas decisiones judiciales y determinadas actuaciones de jueces han sido objeto de atención por parte de los medios de comunicación. Absoluciones en procesos de narcotráfico; comportamientos como los que ha tenido una juez de Motril (Granada) han ocupado las páginas de los diarios. Son problemas de gran trascendencia, en cuanto que la Justicia es el instrumento por el que se garantizan los derechos de los ciudadanos, y de la sociedad en su conjunto. Una problemática que, pensaba, podía dar algún respiro pues, dada la reiteración de casos, la lógica ayudaba a pensar que terminaría por detenerse esta cascada de desatinos. No ha sido así. Ahora resulta que, tras casi seis años de investigación en el llamado espionaje de las cajas, las cintas de vídeo que, al parecer, mostraban una manipulación grosera, han sido robadas. Uno de los vídeos ya lo fue de la caja fuerte del secretario del Juzgado de Instrucción que investigaba el caso. Otro más, el que quedaba, ha desaparecido de los sótanos del juzgado en los que se encuentra el depósito de los efectos judiciales y piezas de convicción. Está claro que, dado el interés de los autores de estos robos por el cine, los vídeos no se van a visualizar. Desconsolador. Hay un juicio abierto; hay unos acusados y las cintas no están. La pregunta que todos nos hacemos es qué sucede ahora. No es fácil responder. Y ello porque la presunción de inocencia que se establece en el artículo 24 de la Constitución se asienta, de una parte, en el principio de valoración de las pruebas que corresponde al tribunal y, de otra, en la existencia de actos de prueba que permitan desvirtuar esa presunción.

Es un planteamiento que exige la constancia del hecho punible y la determinación de la participación, o no, de cada acusado en los hechos, si es que fueran delictivos. Son cuestiones que el tribunal tal vez pueda establecer, con o sin cintas de vídeo, ya que la instrucción está concluida y el conocimiento de los hechos fijado en fase instructora pues, de otra forma, no hubiera podido tener la apertura del juicio. La razón es que, si no existieran hechos que pudieran ser constitutivos de delito, la ley no permite abrir el juicio oral. Ahora, bien, al margen y separadamente de lo que pueda entender el tribunal, la realidad una vez más -también sucedió en los juzgados de Marbella- es que los tribunales no están exentos de que roben las pruebas y las piezas de convicción que puedan sustentar la acusación y la defensa de las partes. Pero, en fin, por mucho que los tribunales no estén exentos de tales robos, habrá que pensar que una mínima diligencia obligaba antes de iniciar los actos de juicio a examinar si se contaba, o no, con todos los elementos de prueba, sobre todo cuando existía el antecedente de un robo y se sabía de la afición de ese autor desconocido a esta cinta, salvo que entendiera el juzgador que los hechos, con independencia de si son o no delictivos, estuvieran fijados. En cualquier caso, estuvieran o no fijados los hechos, y pueda el magistrado resolver, conforme a la valoración conjunta de todas las pruebas y sin merma del derecho constitucional a la presunción de inocencia, la cinta debe aparecer. La Justicia no debe ni puede permitirse que se saqueen impunemente los juzgados. El autor debe quedar identificado. La falta de identificación solo puede arrastrar sospechas de que todo es posible en una Justicia que no está para bromas.

En fin, no sé si la cinta aparecerá o no. Tampoco si el tribunal, conforme a todas las actuaciones instructoras y a las pruebas practicadas en el acto de juicio, puede llegar a formar su convicción de forma ajustada a criterios de racionalidad, y pronunciarse por un fallo de culpabilidad o de inocencia. En cambio sí puedo pensar que si el fallo descansa en la ausencia de cintas va a dar lugar a que se vuelva a dudar de la institución. Resulta, pues, imprescindible que las cintas aparezcan. Y si no es así; si el autor o autores no se identifican y el magistrado decide resolver, debería hacerse un esfuerzo de forma que no quede la más mínima duda en el sentir ciudadano de que, cualquiera que sea el fallo de la sentencia, éste es el que tenía que darse con o sin las cintas robadas.

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