IU-ICV acuerda con el PSOE una explicación de la ley de memoria que abre paso al acuerdo
El texto proclama la "expulsión del ordenamiento jurídico" de las sentencias franquistas
IU-ICV, una de las principales impulsoras de la ley de memoria histórica, se ha concentrado en la última semana en una parte clave de la ley: la exposición de motivos, que explica el contenido de la norma especialmente en un punto, la declaración de ilegitimidad de las sentencias y tribunales de la represión franquista. Después de muchos tira y afloja con el PSOE, ayer ambos alcanzaron un principio de acuerdo con el que tanto IU-ICV como el Gobierno se sienten cómodos, lo que abre paso al pacto definitivo, a falta sólo de la incorporación del PNV, que ayer continuaba negociando puntos del articulado, y de CiU, que exige la inclusión de los nacionalistas vascos.
El acuerdo alcanzado entre Joan Herrera y Gaspar Llamazares, por un lado, y Diego López Garrido, por otro, consiste en una condena expresa del franquismo y sobre todo una explicación del artículo 3 de la ley, el más polémico. Ese texto, según el pacto alcanzado en abril por IU-ICV y el PSOE, tiene dos puntos básicos: "Declara la ilegitimidad de los tribunales y cualesquiera otros órganos penales o administrativos que, durante la Guerra Civil, se hubieran constituido para imponer, por motivos políticos, ideológicos o de creencia religiosa, condenas", y declara "ilegítimas las condenas y sanciones dictadas por motivos políticos, ideológicos o de creencia religiosa" de los tribunales franquistas.
Este artículo irá acompañado en la ley, según el texto que el Gobierno ha pasado a todos los grupos, por una disposición derogatoria de todas las leyes represoras del franquismo, comenzando por la primera, el bando de guerra del 28 de julio de 1937.
IU-ICV quería que la exposición de motivos abriera una puerta para que esta ley pudiera ser utilizada en los tribunales como prueba. El Gobierno quería garantizar que no habrá ninguna anulación masiva de las sentencias franquistas, algo que consideran muy delicado desde el punto jurídico.
Derechos humanos
Ambos parecen haber encontrado un punto de encuentro en la nueva exposición de motivos, que explica que el artículo 3 "subraya de forma inequívoca, la carencia actual de vigencia jurídica de aquellas disposiciones y resoluciones contrarias a los derechos humanos", y, sobre todo, añade: "La ley incluye una disposición derogatoria que, de forma expresa, priva de vigencia jurídica a aquellas normas dictadas bajo la Dictadura manifiestamente represoras y contrarias a los derechos fundamentales con el doble objetivo de proclamar su formal expulsión del ordenamiento jurídico e impedir su invocación por cualquier autoridad administrativa y judicial".
IU-ICV recuerda que la Sala Militar del Tribunal Supremo, que en los últimos 30 años ha ido rechazando una tras otra las reclamaciones de revisión de sentencia de las víctimas del franquismo [el más famoso de ellos Julián Grimau, el dirigente comunista fusilado en 1963 pese a las protestas de la opinión pública internacional]. Con esta exposición de motivos, en IU-ICV confían en que el Supremo se vea obligado a aceptar alguna de las -poquísimas- reclamaciones de revisión que le llegan.
Por lo demás, la exposición de motivos también se modifica en la parte dedicada a la condena del franquismo, para dejarla más tajante, como reclamaba IU-ICV. En vez de limitarse a citar un párrafo de la declaración de condena del Congreso en 2002 -la única que ha habido, votada por unanimidad-, se señala expresamente que "La presente ley asume esta Declaración así como la condena del franquismo contenida en el Informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa firmado en París el 17 de marzo de 2006 en el que se denunciaron las graves violaciones de Derechos Humanos cometidas en España entre los años 1939 y 1975". Esto es, se condena expresamente el franquismo.
Además, como novedad, en la exposición, en la que se añade en varias ocasiones la mención a la represión "por creencias religiosas", como reclamaba CiU, hay un reconocimiento expreso, además de las víctimas, exiliados, encarcelados, forzados a trabajar, internados en campos de concentración, a "quienes en distintos momentos lucharon por la defensa de los valores democráticos, como los integrantes del Cuerpo de Carabineros, los combatientes guerrilleros, cuya rehabilitación fue unánimemente solicitada por el Pleno del Congreso de los Diputados de 16 de mayo de 2001, o los miembros de la Unión Militar Democrática, que se autodisolvió con la celebración de las primeras elecciones democráticas". Estos colectivos se habían quedado fuera de esta ley, y se incorporan ahora.
Además, la exposición de motivos señala que esta ley "sienta las bases para que los poderes públicos lleven a cabo políticas públicas dirigidas al conocimiento de nuestra historia y al fomento de la memoria democrática", algo en lo que estaba muy empeñada IU-ICV porque obliga al Estado a promover la memoria democrática de la lucha contra el franquismo.
CONDENA AL FRANQUISMO
La exposición de motivos del texto legal sobre Memoria Histórica consensuado ayer entre IU-ICV y PSOE establece una condena expresa del régimen franquista con la siguiente redacción:
- "La presente ley asume la declaración de condena del franquismo aprobada en el Congreso en 2002 así como la contenida en el Informe de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa firmado en París el 17 de marzo de 2006 en el que se denunciaron las graves violaciones de Derechos Humanos cometidas en España entre los años 1939 y 1975".
El texto legal pendiente de acuerdo definitivo incluye un reconocimiento expreso a colectivos como los combatientes guerrilleros, el Cuerpo de Carabineros y los miembros de la Unión Militar Democrática, "quienes en distintos momentos lucharon por la defensa de los valores democráticos"
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