Los jueces reiteran la nulidad del cierre al tráfico en Marconi
El Tribunal Superior de Justicia da la razón al PSOE, que exige la libre circulación
Nuevo varapalo al equipo de gobierno municipal. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón al grupo socialista y mantiene en una reciente sentencia que los cortes nocturnos en la Colonia Marconi (Villaverde) impuestos por el Ayuntamiento son "nulos". El fallo, contra el que no cabe recurso, asegura que no se pueden restringir los derechos fundamentales de los madrileños (como el de libre circulación) sin que el pleno esté informado.
La restricción de tráfico en la Colonia Marconi fue impuesta por una nota de régimen interior del entonces director general de Movilidad, Javier Conde. A partir de agosto de 2005, la circulación por esta zona de Villaverde quedaba limitada entre las once de la noche y las seis de la mañana. Los vecinos contaban con un salvoconducto, que les permitía el paso sin problema ante la Policía Municipal.
El concejal socialista Óscar Iglesias llevó el caso ante los tribunales, al considerar que se trataba de una flagrante vulneración de la libre circulación de las personas, recogida como derecho fundamental en la Constitución. Además, a eso se unía que la decisión, pese a ser de gran importancia, no fue tratada en la comisión de Seguridad ni en el pleno. En primera instancia, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Madrid dio la razón en julio de 2006 al edil socialista.
El Ayuntamiento apeló al Tribunal Superior de Justicia, pero la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado la apelación. La sentencia, que consta de ocho folios, recoge que el director de Movilidad carecía de competencias "para dictar una norma de carácter general que restringe derechos fundamentales, como el de la libre circulación".
A esto se añade que el pleno del Ayuntamiento no fue informado de la restricción en Marconi, por lo que el PSOE no pudo defender los derechos de los ciudadanos. "No se pueden restringir derechos fundamentales que afectan a la generalidad de ciudadanos del municipio de Madrid mediante una nota de servicio interior dictada por un director general", concluye la sentencia. "La corporación demandada, al dictar un acto prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legal establecido y habiéndolo dictado un órgano manifiestamente incompente, ha incurrido en causa de nulidad radical", añade el fallo. El tribunal impone el pago de las costas procesales al Ayuntamiento de Madrid.
El concejal Óscar Iglesias mostró su satisfacción por el fallo del Tribunal Superior de Justicia. Pidió al equipo de gobierno, del PP, que elimine "de inmediato" las restricciones al tráfico en la Colonia Marconi. "El tema de la prostitución no se soluciona creando un gueto como el que pretendía el alcalde de Madrid [Alberto Ruiz-Gallardón]. Su intento de atajar un problema con cortes de tráfico necesita otro de tipo de actuaciones", destacó el edil socialista. "Espero que se entere de una vez que debe cumplir la legalidad como el resto de ciudadanos. Y si no lo hace, nos veremos de nuevo en los tribunales", concluyó Iglesias.
Fuentes de la Concejalía de Seguridad destacaron que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia sólo recoge un problema de forma: "El equipo de gobierno estaba esperando el fallo para subsanar el error". El edil de Seguridad, Pedro Calvo Poch, dictará en breve un decreto que restringirá la circulación en virtud del Reglamento de Seguridad Vial y no por problemas acústicos y medioambientales, como ocurrió con la orden del director de Movilidad. Eso supondrá, en la práctica, que los cortes continuarán en la Colonia Marconi.
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