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El Supremo anula una sanción de dos años de suspensión a una magistrada de San Sebastián

El País

El Tribunal Supremo ha anulado por un defecto de forma la sanción de dos años de suspensión de empleo y sueldo que le impuso el pleno del Consejo General del Poder Judicial a la magistrada de la Audiencia de San Sebastián Coro Cillán el 23 de enero de 2002. La decisión del alto tribunal se justifica en la caducidad para ejercer el procedimiento sancionador. El órgano de gobierno de los jueces estimó cuando interpuso la sanción que la magistrada había incurrido en un retardo "injustificado y reiterado" en la tramitación de las causas. En concreto, la resolución del Consejo General del Poder Judicial hacía mención al supuesto retraso en 34 procedimientos de apelaciones civiles y en 14 penales.

La medida disciplinaria, una falta muy grave, conllevaba la pérdida de la plaza que Cillán tenía entonces. La magistrada recurrió ante la Sala Contencioso Administrativa del Supremo, que ahora ha fallado a su favor, según una resolución adelantada ayer por el El Diario Vasco.

En el recurso, la defensa de Cillán argumentó que la incoación del expediente se produjo mediante acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo el 12 de marzo de 2001, mientras que la imposición de la sanción se aprobó en el pleno del CGPJ el 23 de enero de 2002, es decir, cuando ya había transcurrido el plazo de seis meses previsto por la ley para ese tipo de trámites.

No valora los retrasos

El Tribunal Supremo sostiene en su resolución que el acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de los jueces en el que desestimó un recurso contra la sanción es "contrario a derecho" y debe ser anulado, ya que fue dictado cuando el procedimiento ya había caducado, como sostenía el letrado en su recurso. De esta manera, el Supremo no entra a juzgar si los retrasos existen o no, sencillamente establece que hay un defecto de forma en el procedimiento, que hace imposible imponer la sanción prevista en la ley.

El Supremo ordena también en la sentencia que se tomen todas las medidas necesarias para que se restablezcan los derechos de la magistrada. Coro Cillán, que podría solicitar su vuelta a la Audiencia donostiarra, ha estado sin ejercer la profesión tres años y, recientemente, se ha reincorporado a la carrera judicial en Extremadura.

Esta es la segunda sentencia del Tribunal Supremo favorable a la misma magistrada. En 2006, ya rebajó de muy grave a grave otra sanción de un año de suspensión de empleo y sueldo, también por retrasos injustificados en 32 procedimientos civiles y penales de la Sección Primera de la Audiencia donostiarra, donde estaba destinada cuando se le impusieron ambas sanciones. El Supremo le sustituyó entonces la sanción de un año de suspensión por una multa de 1.800 euros.

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