Pericias, peritos y piratas
El autor aboga por regular la práctica pericial, y que se exijan los conocimientos necesarios para ser admitido como perito en un tribunal.
Justo en la época en que más auge tienen las series televisivas sobre criminalística, y por lo tanto justo en el momento en que existe una mayor conciencia sobre el trabajo forense y pericial científico y bien hecho, en España se debaten y rebaten algunos temas con argumentos no admisibles, ajenos a la ciencia.
Perito es, para la Justicia, aquel que tiene conocimientos especiales en una materia, bien sea por tener una formación académica o profesional específica (lo cual supone la mayoría de los casos), bien sea por la práctica o experiencia en asuntos determinados.
Pero entiendo que las figuras del perito y de la pericia no están adecuadamente recogidas ni reconocidas en nuestro ordenamiento jurídico, ni en el social. Nuestro país, cuya justicia criminal sobrevive como puede con la referencia de una Ley de Enjuiciamiento Criminal de finales del siglo XIX (sí, siglo 19) múltiples veces reformada, ha basado la investigación criminal en lo público, en funcionarios pertenecientes a instituciones entre cuyas obligaciones está investigar los presuntos delitos.
Quizás como rémora de regímenes políticos anteriores, ni remotos ni democráticos, la confianza del español medio en el Estado y en sus mecanismos puede llegar a ser excesiva, en tanto en cuenta el mismo no es inmune a los avatares sociales y políticos.
Por ahora nos estamos salvando por la campana, en tanto en cuanto el nivel medio científico y técnico de los profesionales (Guardia Civil, policía, Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, médicos forenses y policías autonómicas) es en sí realmente sobresaliente. Sin embargo, el sistema no es suficiente para un país democrático donde la contradicción en los procesos acusatorios puede ser base sustancial de la sentencia judicial.
Por todo ello, de modo general en nuestro país, las pericias de parte, las realizadas por los peritos propuestos por la acusación o por la defensa son tantas veces minusvaloradas en sus conclusiones y en general en sus planteamientos, acudiéndose a un razonamiento que entristece doblemente, por parte de quien lo piensa, y por parte de quien da que pensar.
Y es que el razonamiento es bien sencillo: un perito de parte no puede ser valorado ni creído adecuadamente porque su pericia está sesgada desde el momento en que ha cobrado por su trabajo. Para aquellos que equiparan el cobrar un acto pericial con una especie de prostitución profesional, algo así como dar al cliente lo que desea, he de afirmar que esto es un craso error que, además, puede conducir a la Justicia a cometer graves deslices.
La situación de indefensión científica que puede llegar a tener un ciudadano acusado de un delito donde una prueba pericial sea la clave es algo realmente alarmante. Primero porque, exceptuando quizás las áreas de la medicina y la psicología, normalmente, no es fácil encontrar expertos realmente cualificados en otras materias de la criminalística, muchos de los cuales -por cierto y por lógica- son miembros retirados de instituciones y organismos públicos. Y en segundo lugar, porque las probabilidades de que a un informe de parte se le dé más credibilidad que a uno oficial son, demasiadas veces, ínfimas.
Si a todo ello se le añade que en un relevante número de casos, las conclusiones periciales no son absolutas, seguras, sino que son valorables e interpretables, nos encontramos ante una situación en la que la pericia privada o de parte debería jugar un papel más preponderante y mejor valorada.
Los que habitualmente actuamos como peritos oficiales -aunque a veces seamos de parte- echamos de menos una regulación moderna y ágil de nuestra práctica, así como una serie de exigencias mínimas para poder ser admitido como perito en los tribunales. Una simple titulación académica no debería dar pie a hacer de todo, al igual que un licenciado en medicina no puede ejercer una especialidad sin posteriores estudios y prácticas.
Lamentablemente, hay peritos o pseudoperitos que son capaces de cualquier cosa, de interpretar lo ininterpretable o de poner en duda todo para favorecer a quien le paga, confundiendo su labor científica, técnica, profesional, con la del abogado de la defensa... o con la del Ministerio Fiscal.
Con tantos buenos profesionales deseosos de trabajar en serio y por la verdad, urge una regulación que evite la existencia de pericias realizadas por peritos que por sus fines y procederes más bien parecen piratas.
José Antonio Lorente Acosta es profesor y especialista en Medicina Legal y Forense en la Universidad de Granada.
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