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Vercher pide a los fiscales que controlen las barbacoas forestales

El Fiscal Coordinador de la sección de Medioambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado, Antonio Vercher, ha pedido a los fiscales que vigilen las barbacoas forestales. En la línea de acotar las prácticas ilegales, que suponen un riesgo de incendio forestal o de deterioro del medioambiente, y con el ánimo de sumar la complicidad de la Administración, Vercher, ha dictado una instrucción en la que, además de recordar la obligación de perseguir los vertederos ilegales y a los responsables de que los mismos existan, interesa que se preste especial atención a otros asuntos.

Uno de ellos es la obligación de limpieza con finalidad preventiva de incendios de las carreteras, caminos y vías de acceso. Y, del mismo modo, "de las líneas de conducción eléctrica", sobre las que la ley es especialmente clara cuando atraviesan bosques, árboles y masas de arbolado. Esa instrucción hace especial mención a una de las prácticas más habituales en la Comunidad Valenciana y que con mayor impunidad se practica respecto al cumplimiento de medidas preventivas o prohibitivas por riesgo de incendio: las barbacoas y similares en localizaciones forestales. La instrucción recoge que el cumplimiento de la legislación en este asunto "resulta esencial en la prevención de los incendios forestales".

La Fiscalía de Valencia denuncia que el reglamento contradice la Ley Forestal

Por tanto, Vercher, pide a los fiscales que actualicen el inventario de los vertederos ilegales colindantes o cercanos a masa forestal, señalándose las actuaciones de la autoridad administrativa respectiva; que insten al cumplimiento de las normas reguladoras de las medidas de limpieza en caminos y vías de comunicación; que elaboren un listado de lugares con instalaciones preparadas para el uso del fuego en zona forestal. El objetivo es comprobar el estado de cosas, requerir de la Administración la actuación correspondiente y en su caso denunciar.

La posición de tolerancia cero ante cualquier comportamiento de riesgo ha sido puesta de manifiesto en la Comunidad Valenciana tanto por el fiscal jefe, Ricard Cabedo, como por el coordinador de Medioambiente, Javier Carceller, y el coordinador de incendios forestales, Joaquín Baños. Pero más allá de las manifestaciones públicas y de la contundencia de acción cuando ejercen la acusación pública, la memoria de la Fiscalía de Valencia trasladó a la Fiscalía General del Estado el análisis, la crítica y la propuesta sobre la normativa autonómica vigente.

Según la Fiscalía de Valencia, el artículo 57 de la Ley forestal Valenciana "es tajante al establecer con carácter general la prohibición de hacer fuego en zonas forestales". Sin embargo, tal como señala la sección de Medioambiente en la memoria de 2006, "el desarrollo del precepto ha ido por otro camino". El resultado: "lo excepcional es la prohibición". ¿Por qué? La Fiscalía lo explica así. El artículo 145 del Decreto 98/1995 que aprobó el Reglamento de la Ley Forestal Valenciana fija esa prohibición entre los días 1 de julio y 30 de septiembre, tanto para la quema de márgenes de cultivos como para cañares, carrizales o matorrales ligados a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo. Luego esas actividades sí se permiten entre el 1 de octubre y el 30 de junio, aunque están sujetas a previa autorización, según establece el artículo 146. Ahora bien, señala la Fiscalía, "el Reglamento permite que la autoridad autonómica delegue en los ayuntamientos la competencia para la autorización de las quemas, y si el municipio tiene plan local de quemas, una vez aprobado éste, no se requerirán posteriores autorizaciones".

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Ante ese escenario legislativo, y por lo tanto de hecho, la Fiscalía afirma: "No alcanzamos a comprender que a estas alturas se permita la quema de cañares, carrizales o matorrales, lo que de por si es un auténtico peligro, pero que además implica la destrucción de auténticos ecosistemas, como son los de ribera de ríos formados por cañares y carrizales, y que el reglamento permite quemar para fines cinegéticos".

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