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El Superior falla que corresponde al Banco de España inspeccionar a las cajas vascas

El tribunal resuelve que el Gobierno se excedió en sus competencias al auditar a la Kutxa

El País

El Departamento de Hacienda se arrogó competencias que corresponden al Banco de España cuando, como resultado de la inspección que realizó en 2005 sobre las cuentas financieras de la Kutxa, impuso a la caja guipuzcoana distintas medidas correctoras. Así lo establece la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en una sentencia que da la razón al recurso planteado por el banco emisor y añade que no puede parcelarse territorialmente el control que corresponde a éste sobre la solvencia de todas las entidades de crédito.

El fallo difundido ayer, que puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, establece tras repasar la doctrina del Tribunal Constitucional que, salvo que medie un convenio expreso de las comunidades autónomas con el Banco de España, como contempla la Ley sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros (LORCA), corresponde esta institución ejercer las competencias de disciplina, inspección y sanción de estas entidades financieras. Rechaza, por ello, las alegaciones del Gobierno vasco que invocaban la existencia de una "concurrencia de competencias", porque no pueden separarse aquellas funciones "de las competencias sustantivas de ordenación del crédito" a las que están asociadas y que la Constitución reserva al Estado.

La sentencia no niega que una comunidad autónoma pueda ejercer tareas de inspección sobre las cajas con sede social en su territorio, pero en el "ámbito de sus propias competencias" o en el "marco de cooperación" con el Banco de España que apunta la LORCA. Sin embargo, dado que la actividad de todas ellas rebasa ya el marco de una sola comunidad, las competencias autonómicas se convierten en residuales.

El choque entre el Banco de España y el Departamento de Hacienda del Gobierno se produjo a raíz de la inspección realizada por Dirección de Finazas a la Kutxa en febrero de 2005. En dicha revisión, el Gobierno apreció diversas incidencias en los estados financieros de la caja de ahorros guipuzcoana y le requirió para que adoptara medidas correctoras. Entre otras cuestiones, instó a la entidad que dirige Carlos Etxepare a que controlara la concentración de riesgos en el sector inmobiliario; especialmente, en las grandes operaciones emprendidas en la costa de Murcia, donde ha visto paralizadas inversiones por importe de 220 millones. Así mismo, le aconsejó que vigilara la trayectoria de su filial Banco de Madrid y ordenó realizar diversas provisiones de fondos para cubrir contingencias.

Interpretó el Banco de España que estas actuaciones invadían sus competencias, por lo que en junio de 2005 requirió al Departamento de Hacienda que revocara el requerimiento dirigido a la Kutxa y, al rechazarlo el Gobierno vasco, planteó un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia. La actuación del banco emisor cogió por sorpresa al Departamento de Hacienda, ya que hasta ese momento había llevado a cabo diversas inspecciones sobre las cajas vascas "con absoluta normalidad" y sin colisiones, ya que sus conclusiones se comunicaban al Banco de España.

Sin embargo, la Sala replica que el hecho de que no se hubiera cuestionado hasta ahora esa "actuación inspectora" del Gobierno vasco no da "título legal que faculte para ello", ya que ni siquiera se ha firmado un convenio de colaboración como prevé la LORCA. Por otro lado, los aspectos de la gestión de Kutxa sobre los que la Dirección de Finanzas requirió medidas correctoras se referían a actuaciones que exceden del ámbito de la comunidad autónoma. Concluye, por ello, la Sala que la actuación del Gobierno vasco supuso "una injerencia" en la función inspectora que corresponde con carácter exclusivo al Banco de España.

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