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Crece el número de quejas por los abusos urbanísticos ante el Síndic de Greuges

El 16% de las protestas tramitadas en 2006 están relacionadas con la vivienda o el urbanismo

El número de quejas en torno a cuestiones de urbanismo y vivienda que llegan al Síndic de Greuges va en aumento, según se desprende de los datos de la página web de la institución que dirige, en funciones, Emilia Caballero. Los valencianos recurren cada vez en mayor medida a la Sindicatura para plantear sus problemas. En los cuatro primeros meses de 2007 se han presentado 17 quejas relacionadas con estas cuestiones, frente a las 14 del mismo periodo del año anterior. El planeamiento, la gestión de los planes de actuación integrada (PAI) y la disciplina urbanística centran las protestas.

La Sindicatura constata la lentitud municipal a la hora de tramitar e imponer las sanciones

Ya durante el año 2006, cuyo balance está pendiente de presentación ante las Cortes Valencianas, la Sindicatura de Greuges vio incrementado el número de quejas formuladas por los ciudadanos en materia de vivienda y urbanismo, que representaron el 16% de las 1.750 tramitadas en total. Las valoraciones de las propiedades por el urbanizador y el aplazamiento de las cuotas de urbanización; el incremento ilimitado de las cuotas de urbanización con posterioridad a la adjudicación del PAI; el desarrollo de suelo urbano consolidado mediante actuaciones integradas; la falta de una notificación administrativa a los propietarios afectados cuando se presenta el PAI, y la incorrecta aplicación -cuando no, simplemente, la inaplicación- de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas a la adjudicación de los PAI constituyen las principales preocupaciones de los ciudadanos. Además, en materia de disciplina urbanística, los ciudadanos siguen denunciando ante la Sindicatura la pasividad de muchos Ayuntamientos, que ni siquiera investigan, ni contestan, iniciativas ciudadanas sobre actuaciones posiblemente ilegales. También es motivo de queja la lentitud municipal a la hora de tramitar y resolver los expedientes disciplinarios y de imponer las correspondientes sanciones, así como el restablecimiento de la legalidad urbanística, sobre todo cuando se trata de ordenar la demolición de obras ilegalizables.

A raíz de las numerosas quejas recibidas sobre vivienda y urbanismo, la Sindicatura llevó a cabo durante el año 2006 una serie de investigaciones que dieron lugar a diferentes resoluciones. Respecto a la aprobación de instrumentos de planeamiento al margen del Plan General de Ordenación Urbana, sin revisarlo previamente a través de planes parciales de mejora, la resolución más sonada dictada por la Sindicatura fue la relacionada con el plan Rabassa de Alicante. Por lo que se refiere a los casos en se aprueban proyectos sin solicitar a la Confederación Hidrográfica el preceptivo informe acerca de la disponibilidad de recursos hídricos, o en aquellos que reciben luz verde a pesar de que dicho informe es negativo, la Sindicatura se ha pronunciado, entre otros, en torno al PAI Lloma dels Frares en Godella (Valencia), que fue aprobado a pesar de que el informe del organismo de cuenca era desfavorable. En este caso, la institución recomendó la suspensión de la tramitación del expediente. También destacan en este sentido los PAI El Replà, El Cantalar y la Solana en Parcent (Alicante), en torno a los cuales el Síndic recomendaba, tanto al Ayuntamiento como a la Consejería de Territorio y Vivienda, suspender su tramitación, y, por tanto, que no se aprobaran definitivamente en tanto no se obtuviera informe favorable de la Confederación Hidrográfica.

Otras cuestiones de especial trascendencia ciudadana investigadas por la Sindicatura de Greuges son las relacionadas con la localización espacial de usos con incidencia colectiva. En este ámbito, la institución destaca dos asuntos: el primero, el de la subestación eléctrica de Patraix (Valencia) en el que recomendó, entre otras cuestiones, que no se permita el funcionamiento de la instalación, por estar sujeta a la previa obtención de licencia de actividad calificada o ambiental, a una distancia inferior a 2.000 metros a contar del núcleo más próximo de población agrupada.

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