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LOS ARGUMENTOS JURÍDICOS DEL SUPREMO CONTRA ANV | Elecciones 27M

"Las candidaturas de ANV han sido gestadas por miembros de Batasuna"

La sentencia del Supremo que anula 133 candidaturas de ANV se extiende en su primera parte sobre el procedimiento elegido para la impugnación y relata después los indicios y pruebas utilizados para avalar la decisión adoptada.

- "No es el marco adecuado". "El cauce impugnatorio escogido no es, propiamente, el marco adecuado para que la Sala ejerza la competencia que la Ley de Partidos le asigna en relación con los partidos. Y no lo es porque no cabe forzar la interpretación de la normativa vigente (Ley de Partidos y Ley Electoral) hasta poner en palabras del legislador lo que éste no ha dicho, llevando la competencia de la Sala a un supuesto diferente de aquellos que el legislador ha previsto".

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- Competencia. "Esta Sala es competente para apreciar la continuidad de un partido ilegalizado por otro partido aparentemente legal, pero esa impugnación sólo se puede articular a través del medio procesal elegido y definido por el legislador, que es el del proceso de ejecución de la sentencia de ilegalización de Batasuna".

- Objeto del proceso. "Los demandantes coinciden en que en el momento en que ejercitan su acción, ésta no puede extenderse ni a la exclusión de todas las listas presentadas por ANV ni mucho menos a la ilegalización de este partido político. Éstas son las pretensiones ejercitadas en este proceso y, en consecuencia, este es el ámbito al que debe limitarse nuestro enjuiciamiento de acuerdo con las exigencias del principio dispositivo".

- Artículo aplicable al caso. El artículo 12 de la Ley de Partidos Políticos ha fijado una serie de criterios, que aunque referidos en principio a constatar el vínculo necesario entre el partido disuelto y aquel otro partido que le sucediera fraudulentamente, resultan prácticamente aplicables, ex artículo 12.1.b de la citada Ley, al supuesto que nos ocupa, entre ellos la similitud sustancial de estructuras, organización y funcionamiento, de las personas que lo componen, rigen, o administran las candidaturas..., permitan considerar dicha continuidad entre las candidaturas que nos atañen en el partido que fraudulentamente las usa en provecho de la continuación de su propia actividad".

- Algunas pruebas. El listado incautado a un miembro de Batasuna, con los nombres de las personas que integraron la candidatura de ANV por Ultzama (Navarra); el documento incautado al ex jefe de ETA, Mikel Antza, "del que se deriva la estrategia de los partidos ilegalizados respecto del proceso electoral y el papel que en el marco de dicha estrategia quieren que ocupe ANV" y otro documento incautado al etarra Arkait Agote, "en el que bajo el epígrafe "Líneas de cara al futuro" se barajan tres posibles opciones a usar en el proceso electoral, son algunas de las pruebas utilizadas por el Supremo.

- Conclusión. "Los datos objetivos expuestos revelan de forma inequívoca y manifiesta que el proceso de conformación de las candidaturas electorales de ANV que nos ocupan ha sido gestado y dirigido en todo momento por miembros relevantes de la extinta Batasuna como mecanismo de sucesión, una vez más, de los partidos políticos ilegalizados, esta vez haciendo uso de determinados elementos orgánicos de un partido legal".

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