Decidir y actuar protegidos
Imagine que el director general de una empresa decide no seguir las instrucciones de su consejero delegado. En su opinión, el CEO desconoce la situación real del mercado y las posibilidades del cliente, así que decide actuar únicamente en función de su propio criterio y experiencia. Esta actuación llevada a cabo por el director general supone para la empresa unas pérdidas de tres millones de euros, que ahora le reclama la junta general por haberse apartado de las instrucciones recibidas.
Los cargos de dirección y administración en las empresas conllevan responsabilidades que sobrepasan lo puramente empresarial y el marco legal español no es precisamente propicio ni generoso con las decisiones erróneas de administradores, consejeros o directivos. Si sus decisiones causan perjuicios financieros a sus accionistas o terceros, pueden ser reclamados en los tribunales y ser obligados a resarcir al demandante (accionista, empleado, etcétera) con su propio patrimonio personal. Y sólo los gastos de defensa jurídica pueden alcanzar cifras astronómicas.
Ante este panorama, el mercado asegurador creó hace años el Seguro de Responsabilidad Civil para consejeros y directivos, cuya finalidad es proteger el patrimonio personal de las personas físicas que actúan a título de consejero, administrador o alto cargo de una sociedad ante los perjuicios financieros que puedan causar a terceros como consecuencia de las decisiones tomadas en el ejercicio de su cargo.
No es un seguro para la empresa, ni lleva los nombres y apellidos de los miembros del consejo ni de los directivos; es un seguro innominado en el que el contratante es la propia empresa para proteger a sus directivos. El seguro de D&O cubre la indemnización a que pueda resultar condenado el directivo, así como los gastos de defensa jurídica, la constitución de fianzas, las posibles multas o sanciones administrativas, las decisiones tomadas en empresas filiales y participadas, la realización de prácticas de empleo que violan los derechos de los trabajadores (acoso, estrés, discriminación, mobbing, etcétera), entre otras garantías. En caso de perjuicio a un tercero, el administrador y directivo debe responder con su patrimonio personal, por lo que el seguro también se extiende a cubrir las reclamaciones que se presenten a los cónyuges, herederos y causahabientes de los directivos. Todo ello con retroactividad ilimitada y con la posibilidad de negociar cobertura para cualquier rincón del mundo.
En el ámbito temporal se cubre a los directivos que lo fueron en el pasado pero que hoy ya no están -por haber cesado o abandonado la empresa-, pero también se cubre a los actuales de manera innominada y a los que puedan ser designados en un futuro, tanto en la empresa matriz como en sus filiales o participadas. Lo que se cubre son las reclamaciones que se le presenten a los directivos durante el periodo de vigencia del seguro por los hechos realizados incluso antes de tener cobertura de seguro siempre que, evidentemente, no conocieran que existía una reclamación previa.
Este seguro es la armadura aseguradora que permite a los consejeros y altos cargos tomar decisiones sin temor a tener que responder con su patrimonio personal ante futuras reclamaciones de accionistas, empleados, competidores o grupos de interés y se está convirtiendo en algo común en las empresas españolas. Su contratación está creciendo un 30% cada año, motivado por el aumento de las reclamaciones contra los directivos y la bajada del coste de las primas. El desarrollo de un incipiente activismo accionarial y el elevado número de demandas judiciales que previsiblemente irán llegando al Tribunal Supremo en los últimos años han aumentado las reclamaciones tramitadas en 2006 en un 19%.
José María Elguero es gerente de Riesgos Financieros y Profesionales de Marsh.
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