El fiscal no pide ilegalizar a ANV porque sus candidatos saldrían elegidos por falta de tiempo
"No se trata de que ANV no se presente, sino de evitar que lo haga Batasuna", dice la demanda
La Fiscalía del Estado explica en su demanda que ha contemplado la posibilidad de ilegalizar a ANV porque presuntamente sirve de conducto para la infiltración de candidaturas de Batasuna. Sin embargo, ha rechazado esa posibilidad porque, dada la proximidad de la campaña electoral, se produciría la paradoja de que la ilegalización no impediría que los candidatos de Batasuna salieran "efectivamente elegidos". La Fiscalía precisa en su recurso que el objeto del procedimiento no es evitar que ANV se presente a las elecciones, sino evitar que Batasuna se presente utilizando las listas de ANV.
La demanda del Ministerio Fiscal explica que, "dada la proximidad de la apertura de la campaña electoral y de la propia fecha de los comicios, resultaría virtualmente imposible la obtención, en tiempo útil, de una resolución judicial ejecutable que impidiera la presentación de los candidatos afectados". Por eso, podría producirse la paradoja de que la eventual disolución de ANV no sirviera para evitar que los infiltrados de Batasuna en sus listas "sean efectivamente elegidos", explica la demanda.
La Fiscalía examina si la mera admisión a trámite de una demanda de ilegalización prohibiría a ANV presentarse a las elecciones, lo que obviamente comportaría "la retirada de todas sus candidaturas". No obstante, desecha esa opción, al afirmar que "podría chocar con la inexcusable aplicación del principio de proporcionalidad en la adopción de medidas cautelares".
Según fuentes consultas por este diario, algunos magistrados del Supremo opinan que sería preferible utilizar la vía de ilegalización de ANV, y a la vez, aprobar cautelarmente la impugnación de las listas infiltradas por Batasuna. La Sala puede examinar esta y otras hipótesis cuando aborde el fondo de las impugnaciones.
Pero antes tendrá que concluir las cuestiones de forma. Tras su reunión en la tarde de ayer, los magistrados de la Sala Especial del Supremo retrasaron sus debates hasta que la Abogacía del Estado y el Ministerio Fiscal se pronuncien, antes de las 10 de la mañana de hoy, sobre si la impugnación de listas de ANV puede efectuarse por el procedimiento de fraude de ley, contemplado en la Ley de Partidos Políticos.
El abogado del Estado impugnó ayer las listas de ANV utilizando la vía del artículo 49.1 y 5 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), es decir, interpuso un recurso contencioso electoral contra la proclamación de candidatos por las juntas electorales.
Según fuentes judiciales, algunos magistrados se mostraron disconformes con esta vía de impugnación; y en concreto algunos, como Manuel Marchena, plantearon la posibilidad de inadmitir la demanda al tratarse de un proceso sobre la Ley de Partidos Políticos. Posteriormente, dado que la demanda del fiscal utilizaba la vía del artículo 12. 3 de la Ley de Partidos -la vía de ejecución de sentencia, que prohíbe la continuidad o sucesión de un partido ilegalizado-, los magistrados decidieron preguntar a los recurrentes sobre la conveniencia de adecuar sus pretensiones "al procedimiento previsto en el artículo 12.1.b), en relación con el artículo 12.3, ambos de la Ley Orgánica 6/2002, de Partidos Políticos".
El artículo 12.1.b) de la Ley de Partidos Políticos establece que "los actos ejecutados en fraude de ley o con abuso de personalidad jurídica no impedirán la debida aplicación de ésta. Se presumirá fraudulenta y no procederá la creación de un nuevo partido político o la utilización de otro ya inscrito en el Registro que continúe o suceda la actividad de un partido declarado ilegal y disuelto"
Es decir, el Supremo preguntará al fiscal y al abogado del Estado si desean acomodar el procedimiento a la vía del fraude de ley, que aparentemente no aparecía consignada en las demandas.
Fuentes de la Fiscalía manifestaron anoche que en su respuesta al Supremo, en la mañana de hoy, se mostrarán conformes con la utilización de la vía del fraude de ley, en relación con el de la sucesión de un partido político ilegalizado.
Plazo para alegaciones
El Supremo también acordó conferir a los representantes de ANV un plazo hasta las ocho de la tarde de hoy para que efectúen "cuantas alegaciones tengan por conveniente, acompañadas de los medios de prueba que consideren oportunos", sobre la impugnación de las candidaturas efectuadas por el fiscal y el abogado del Estado.
Las demandas contra ANV se tuvieron por presentadas, pero no serán admitidas hasta que el Tribunal Supremo reciba hoy las respuestas del Ministerio Fiscal y de la Abogacía del Estado.
Tras recibir la contestación del fiscal y el abogado del Estado sobre la vía procedimental a las 10 de esta mañana, los 16 magistrados de la Sala Especial tienen previsto reunirse a partir de las 12,30 de la mañana y continuar por la tarde. El Supremo tiene de plazo hasta la media noche del sábado para emitir su pronunciamiento.
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